Por
Diego Martínez López
Introducción
El
interés suscitado por la Guerra Civil entre legos y expertos resulta
indiscutible a la luz de la ingente cantidad de publicaciones que año tras año
un conflicto como el español acumula de forma ininterrumpida[1].
Consecuentemente,
el número de enfoques y perspectivas de estudio empleadas para su análisis
tampoco ha cesado de aumentar[2].
No obstante, a pesar de que se trata de una contienda razonablemente bien
conocida, especialmente si se la contempla desde el punto de vista de la
historia militar clásica, lo cierto es que aún existen un buen número de
incógnitas que apenas han recibido atención específica por parte de la
historiografía profesional.
Tal
es el caso del sistema de defensa antiaeronáutico implementado por la Segunda
República para protegerse de los brutales bombardeos aéreos con los que las
fuerzas sublevadas trataron de doblegar tanto en el frente como en la
retaguardia la capacidad de combate y resistencia del bando gubernamental[3].
En
este sentido, cabe resaltar que si bien la contemplación de la Guerra Civil
dentro del paradigma teórico de la guerra total ha permitido el surgimiento de
algunos trabajos relevantes que pretenden esclarecer el papel jugado por la
aviación durante la conflagración[4],
lo cierto es que la mayor parte de obras de referencia existentes en la
actualidad presentan no solo una acusada antigüedad que en algunos casos ya se
cuenta por décadas, sino una insatisfactoria predilección por el aspecto
ofensivo de las campañas y los devastadores efectos provocados por los
bombardeos sobre la población civil[5].
La
óptica aérea republicana ha quedado por tanto relegada de forma sistemática en
el panorama historiográfico, siendo especialmente llamativo el caso de la
protección antiaeronáutica, en donde apenas han emergido un puñado de estudios
parciales que, en su mayoría, pretenden reconstruir las circunstancias
particulares del conflicto aéreo en el área mediterránea de la Península,
crudamente castigada por los rebeldes a partir de 1938[6].
A
fin de contribuir al conocimiento sistemático de la estrategia antiaérea
manejada por la República y el Ejército Popular durante la Guerra Civil
española, se desarrollará a lo largo de las siguientes páginas una aproximación
a la configuración y evolución del organismo bautizado como Defensa Especial
Contra Aeronaves (DECA), encargado del diseño e implantación de la estructura
antiaeronáutica del bando gubernamental desde 1937. Para ello, se recurrirá
tanto al análisis de las distintas disposiciones legislativas públicas y reservadas
que le dieron forma como al examen de los documentos internos que determinarían
su composición final, todo ello sin soslayar las diversas órdenes y directrices
que guiarían la concreción de la actuación republicana contra la amenaza aérea
a lo largo del tiempo.
Empezando
desde cero. El desarrollo antiaéreo republicano previo a la Guerra Civil
Antes de la Primera Guerra Mundial, pocas poblaciones conocían de cerca lo que era sufrir un bombardeo aéreo en sus propias carnes. Este conflicto se encargaría de alojar ese sentimiento en los corazones y conciencias de los europeos, forzando un cambio de mentalidad en la comprensión del conflicto bélico que serviría de acicate para el desarrollo y perfeccionamiento de complejos sistemas defensivos en los que, por primera vez, el frente doméstico adoptó una posición vital. No obstante, ni las enseñanzas extraídas de la Gran Guerra ni los conflictos coloniales del llamado periodo de entreguerras sirvieron para alterar de forma homogénea la visión defensiva individual de cada Estado, hecho que, para 1939, se tradujo en que tan solo Gran Bretaña y Alemania pudieran presumir de contar con una aviación poderosa y un sistema de actuación contra aeronaves digno de tal nombre[7]. La realidad sería bien distinta en el caso español, cuya neutralidad en la “Guerra que acabaría con todas las guerras”, a decir del célebre escritor británico H. G. Wells, salvó a la población de innumerables sufrimientos en el campo de batalla a cambio de retrasar la entrada del país en la modernidad militar[8], un precio tal vez demasiado alto que comenzaría a cobrarse sus primeras víctimas en julio de 1936.
En
este contexto, el 14 de abril de 1931 echaría a andar en España un nuevo proyecto
de régimen republicano que trataría de modernizar y dinamizar el funcionamiento
institucional del país. De la mano de un personaje como Manuel Azaña, la recién
nacida Segunda República Española trataría de acometer una profunda y
controvertida reforma del Ejército que no buscaba otra cosa que romper con la tradición
pretoriana que había caracterizado a la institución militar en la Península.
Uno de los objetivos fundamentales de la legislación era reducir al mínimo la
permanente contaminación militarista a la que el intervencionismo castrense en
labores de orden público había sometido, desde hacía ya más de un siglo, a la
esfera civil. Totalmente en sintonía con la escuela francesa, la visión que
Azaña trató de imponer fue la de un Ejército de corte exclusivamente defensivo,
cada vez más desconectado de la actividad colonial y en sincronía con las
corrientes que dominaban Europa desde la Primera Guerra Mundial. La
racionalización del sistema de funcionamiento interno de la institución, especialmente
en lo que a ascensos se refiere, y la renovación acusada de su equipamiento
resultaban retos ineludibles que había que abordar si se aspiraba a que el país
se reconciliase con el progreso[9].
Sin embargo, las dificultades económicas y el precario estado en el que se encontraba el Ejército a la altura de 1931 hicieron prácticamente imposible la modernización profunda que este necesitaba, comenzando por la mecanización y continuando por el armamento. Específicamente, en lo que se refiere a la defensa antiaérea, hay que decir que esta comenzó su desarrollo principalmente durante la dictadura de Primo de Rivera, culminando con el conocido como “Plan Vickers” de 1926, un proyecto de refuerzo antiaéreo enfocado a la protección de las principales bases navales del país. Bajo la cobertura de este programa, se adquirió la patente de fabricación del cañón Vickers de 105 mm. a Inglaterra, la cual se utilizaría para fabricar un total de doce baterías compuestas de cuatro cañones cada una que se repartirían entre las bases de El Ferrol, Menorca y Cartagena. De todas ellas, únicamente cuatro irían a parar al Arsenal levantino, las mismas que posteriormente serían retenidas hasta el final por el gobierno republicano tras el estallido de la confrontación en 1936. El primer Grupo de Artillería Antiaérea como tal se crearía por Real orden circular con fecha del 15 de enero de 1931, asignado al Campamento de Carabanchel y equipado con 16 anticuados cañones Skoda de 7,65 cm. Modelo 1919[10].
El
proyecto reformista de Azaña comenzaría a tomar forma en mayo de 1931, concretamente
a partir del Decreto del día 25, aparecido al día siguiente en el número 146 de
la Gaceta de Madrid, por el cual se fijaban los principios esenciales que
habrían de guiar la remodelación del Ejército. Entre sus numerosas
modificaciones se encontraba la creación de dos Grupos de Defensa Contra
Aeronaves (DCA), equipados cada uno con dos baterías de cuatro cañones y una
compañía de ametralladoras de infantería.
Posteriormente,
se les añadiría un predictor de tiro y un telémetro de la Escuela Central de
Tiro. El 16 de junio, también por Decreto, se estableció que ambas agrupaciones
quedaban situadas bajo el mando directo de los Generales de las distintas ocho nuevas
divisiones en que había sido seccionado el territorio nacional. Dado que el
primer Grupo fue asignado a Madrid y el segundo a Zaragoza, esto significa que
resultaban encuadrados bajo la Primera y Quinta División Orgánica
respectivamente. Los primeros nombramientos no llegarían hasta el día 24 de
noviembre, momento en el que, tal y como sería anunciado en el Diario Oficial
número 265 del Ministerio de la Guerra, el Grupo de Defensa Contra Aeronaves N°
1 pasaría a estar integrado por hasta 16 Capitanes de artillería, mientras que
el segundo recibiría únicamente 3 componentes, dejando una plaza de Teniente y
dos de Comandantes como vacantes. Al margen de ascensos y diversos cambios en
los nombramientos, los cuales pueden seguirse a través de los distintos Diarios
Oficiales del Ministerio de la Guerra y de los Anuarios Militares, esta sería
la principal fuerza defensiva antiaérea de la República hasta el fatídico mes
de julio de 1936, momento en el que, tras la sublevación, el Grupo zaragozano
sería inmediatamente controlado por los militares rebeldes. Distinta suerte
correría la agrupación madrileña, la cual, tras un conato de rebelión, logró
controlar la situación y asegurar el control republicano de sus activos hasta
su desplome final en 1939[11].
No obstante, resulta pertinente reseñar que, en 1935, durante su mandato como
ministro de la Guerra, José María Gil-Robles realizaría el encargo para la
fabricación de 24 nuevas baterías de artillería, la realización de mejoras en
las ya existentes y la organización de diferentes comisiones para analizar la
defensa antiaérea, entre otras.
En
definitiva, una serie de mejoras sustanciales, especialmente en lo que a
dotación militar se refiere, de las que acabaría beneficiándose la República
durante la guerra[12].
Desde el punto de vista de la defensa contra aeronaves, la labor republicana no cesaría con el refuerzo de la artillería. El 6 de abril de 1933 se publicaría un Decreto aprobado el día anterior por el cual se creaba la Dirección General de Aeronáutica a cargo de la Presidencia del Consejo de Ministros. A partir de esta nueva resolución se trató de reformar la organización general de las Fuerzas Aéreas españolas, destacando especialmente su artículo número cinco, por el cual se define la composición de las mismas. Además de la Armada aérea y de la aviación de cooperación, se daba lugar a la creación de la aviación de la defensa aérea, cuya creación se ligaba a la de los grupos terrestres. Cosa bien distinta sería la verdadera concreción de estas medidas en la práctica. Aún durante el periodo de dominio azañista, la Dirección General de Aeronáutica había elaborado un programa de desarrollo que requería de una inversión aproximada de 400 millones de pesetas a lo largo del siguiente lustro. El proyecto sería aprobado, apoyado y reimpulsado por el propio Gil-Robles sin resultados inmediatos, acabando por aprobarse la primera anualidad en favor del mismo en 1936[13].
Sin
embargo, a nivel organizativo, el verdadero punto de inflexión llegaría durante
el verano de 1935, concretamente el día 10 agosto, cuando se hizo público el
Decreto del Ministerio de la Guerra por el cual se daba forma a un primer plan
de defensa civil en España[14].
Dadas
las limitaciones inherentes a la naturaleza del formato de este escrito, así
como a su propio enfoque, las menciones relativas a la protección de las
poblaciones se reducirán al mínimo imprescindible, renunciando por tanto a la
realización de un análisis pormenorizado de la cuestión. Baste decir aquí que el
entramado propuesto en 1935 disponía la creación de un Comité Nacional
presidido por el Presidente del Consejo de Ministros, cuya función no sería
otra que la de liderar la actuación de una red de Comités provinciales y
locales que habían de formarse en la totalidad de provincias en que estaba
dividido el territorio y en todas las poblaciones que superasen los ocho mil
habitantes.
La
presidencia de los mismos estaría ocupada respectivamente por los Gobernadores
Civiles y los Alcaldes, a los que se sumarían una amplia amalgama de personal
especialista entre los que se encontraban delegados militares, personal
sanitario y expertos en material químico. La inclusión de estos últimos respondería
al miedo generalizado que se desató en el ámbito europeo a raíz de la Primera
Guerra Mundial como consecuencia del empleo de gases tóxicos como arma de guerra,
un pavor que alcanzaría de forma tardía a España y que se cita en las
disposiciones como motor esencial de su promulgación[15].
No obstante, a pesar de las buenas intenciones que pudiesen haber impulsado el
dictado de este Decreto, la ausencia de una estrategia de financiación
favorable, unida a la entrada en un extenso periodo de inestabilidad política,
imposibilitarían la traducción práctica de todo lo expuesto, obligando al país
a afrontar sin apenas medios el inicio de lo que acabaría convirtiéndose en una
larga y cruenta guerra de ocupación[16].16
Una
necesidad insoslayable. El ordenamiento antiaéreo inicial de la República en
guerra
El
17 de julio de 1936 daría comienzo la sublevación cuyo fracaso parcial acabaría
dando origen a la Guerra Civil. La dubitativa respuesta inicial por parte del
gobierno sería sucedida por un periodo turbulento marcado por la incapacidad
manifiesta de las autoridades republicanas para sofocar el golpe y el avance
impasible de las tropas rebeldes en dirección a la capital. En este marco
tuvieron lugar los primeros ataques aéreos de la contienda, protagonizados
esencialmente por la aviación y la marina de guerra gubernamentales sobre los
territorios del protectorado marroquí que se habían sumado al levantamiento[17].
Aprovechando la posición estratégica del aeropuerto de Tablada, la República
desataría durante los días 17 y 18 de julio una serie de ofensivas sobre los
enclaves de Ceuta, Melilla, Tetuán y Larache que, a pesar de su escaso impacto
mortal, causarían un amplio descontento entre la población local, que sería aprovechado
por los sublevados para sumar nuevos apoyos y contingentes a sus fuerzas. La
respuesta por parte de los militares rebeldes no se haría esperar, y tan pronto
como les fue posible introducirían la aviación como elemento desequilibrante
para tratar de conquistar las posiciones que se resistían a su control[18].
Así, las primeras víctimas civiles no tardarían en llegar, siendo el ataque
aéreo sobre la localidad vasca de Ochandiano, llevado a cabo el día 22 de
julio, una de las más notables de estos primeros compases del enfrentamiento[19].
El intercambio de golpes se mantendría en una creciente espiral destructiva que culminaría en el mes de noviembre de 1936 con el inicio de los bombardeos sobre la ciudad de Barcelona y el asedio de Madrid. Hasta entonces, ciudades como Oviedo, Valladolid o Granada serían objetivos duramente castigados por los respectivos contendientes, mereciendo una mención especial el caso de Zaragoza, cuya basílica sería bombardeada, probablemente por error, por la aviación republicana durante la madrugada del 3 de agosto. Por suerte o sabotaje, ninguno de los cuatro proyectiles lanzados explotaría, por lo que el ataque no provocaría ni víctimas ni severos daños materiales, pero sí desencadenaría un interminable registro de críticas que sería bien aprovechado con fines propagandísticos por el bando insurrecto[20].
Entre
tanto, el panorama internacional comenzaba a definirse. El inicial apoyo francés,
que se tradujo principalmente en los primeros envíos de material aeronáutico que
recibiría la República, pronto se vio contrastado con la negativa inglesa a
intervenir en la Península. Consecuencia de la dependencia internacional que
había venido profesando durante los últimos años, Francia no tardó en verse
obligada a asumir como propia la postura británica, acabando por prohibir la
exportación de instrumental de guerra a España en una fecha tan temprana como
el 25 de julio, dejando como única puerta abierta la posibilidad de continuar
la venta de aviones siempre y cuando estos no llevasen ningún tipo de armamento
equipado. En el bando contrario, la situación era radicalmente opuesta. La
colaboración italiana había quedado establecida a través del arreglo de una
serie de contratos que fijaban los términos de compraventa de cuantioso
material bélico, mientras que la intervención alemana, más o menos fortuita,
fue mediada en favor de Franco a través de dos militares alemanes con los que
el General español había entrado en contacto en África. La constatación de esta
realidad no tardaría en llegar y, casi de manera inmediata, las potencias
democráticas europeas fueron conscientes de que el fascismo había entrado de
lleno en el recién estallado conflicto peninsular. A partir de ese momento,
Francia, totalmente influenciada por Londres, trataría de impulsar una política
de no intervención, buscando aislar el conflicto español y frenar las
influencias internacionales en el enfrentamiento. En agosto, este espíritu
cristalizaría en una suerte de declaración franco-británica a la que se fueron adhiriendo
distintos gobiernos, entre ellos la propia Italia, Alemania o la URSS, que había
permanecido en silencio hasta el momento. No obstante, se trataba de un
compromiso político que únicamente obligaba a los países firmantes a mantener
informados al resto de naciones adheridas de las medidas que iban adoptando para
evitar la exportación, reexportación y tránsito de material bélico a España,
pero que no resultaba vinculante a nivel jurídico. Alemania o Italia, por
ejemplo, optaron por omitir los párrafos más comprometedores del preámbulo de
la declaración para continuar actuando de acuerdo a su conveniencia[21].
Ante esta situación, únicamente el México de Lázaro Cárdenas, y finalmente la URSS, se mostrarían abiertos a asistir ampliamente a los intereses gubernamentales, especialmente en el caso del gigante soviético. Sin embargo, esta ayuda no llegó a bajo coste ni fue en modo alguno un ejemplo de altruismo. En realidad, más que por afinidad o simpatía, tanto México como La Unión Soviética aceptaron las implicaciones de participar en el enfrentamiento español como una forma de proteger sus intereses. La primera, por ejemplo, veía la intromisión extranjera en la pugna como una forma más de agresión de los países fuertes contra los débiles, una interpretación que, de haberse instalado en la opinión general, podría haberle granjeado importantes apoyos en contra de las injerencias de los EEUU en su propio territorio. La URRS por su parte debía ensayar una estrategia de defensa colectiva en contra de la creciente amenaza alemana, lo cual suponía acercase a Francia y Reino Unido de manera oficial. Sin embargo, los motivos ideológicos y propagandísticos impulsarían la colaboración encubierta con la causa republicana. Al margen de ello, se puede concluir que, sin la colaboración internacional, primordialmente la soviética, el Gobierno republicano no hubiese sido capaz de resistir y plantar cara a la sublevación, pues esta fue su única fuente de acceso a material moderno de guerra, imprescindible para librar una contienda como la española. Además, la Unión Soviética sería la promotora e inspiradora de la solidaridad internacional, la cual hizo posible la existencia de fenómenos como el de las Brigadas Internacionales, unidades militares conformadas por voluntarios antifascistas de muy diversas nacionalidades que actuarían en favor del bando gubernamental[22].
Por
otro lado, hay que tener en cuenta que las primeras entregas de suministros extranjeros
a la República incrementarían notablemente la actividad ofensiva de la aviación
y la Armada rebeldes sobre el Mediterráneo, siendo apoyados ya desde los meses
de agosto y septiembre por los aparatos italianos asentados en la isla de
Mallorca, en manos rebeldes desde los momentos finales del verano de 1936[23].
Así, tanto el puerto de Cartagena como los objetivos estratégicos de
poblaciones costeras como la propia Barcelona, Alicante o Almería pasarían a
asumir un papel protagonista desde el mes de octubre, manteniéndose en el punto
de mira de los rebeldes hasta el final de la contienda[24].
La defensa antiaérea se convirtió de este modo en una necesidad insoslayable desde el mismo inicio de la pugna, un desafío que en 1936 el país no estaba preparado para afrontar. A la acuciante escasez de aviación militar apta para la tarea, se sumaba la inexistencia de armamento antiaeronáutico en la práctica totalidad del territorio y la falta de desarrollo del precario sistema defensivo con el que la República se había dotado en agosto de 1935. En este sentido, hay que decir que los primeros esfuerzos de reordenación llegarían de la mano del ascenso de Largo Caballero al poder durante el mes de septiembre de 1936, concretamente el día 23, con la promulgación de un nuevo Decreto que colocaba al Ministerio de la Guerra como el máximo órgano responsable del dictado de las medidas e instrucciones relativas a la protección civil[25]. Además, de forma determinante, se otorgaba a la aviación la consideración de “elemento preponderante de esta defensa”, atribuyendo con ello a la Subsecretaría del Aire del recién nacido Ministerio de Marina y Aire el cometido de solventar todas las problemáticas derivadas de la ejecución y puesta en práctica de las directrices adoptadas[26].
El
orden organizativo de la defensa antiaérea quedaba de esta forma plenamente
redefinido, otorgándole una clara línea hegemónica de mando y acción
centralizados que orbitaba en torno al Ministerio de la Guerra y descansaba
sobre la autoridad ejecutiva del Aire.
De
estas implicaciones se desprende la mayor parte del articulado que da cuerpo al
mandato. En lo que respecta al orden local se decidiría mantenerlo en manos de
los Comités locales creados de forma teórica en 1935, a cuya composición habrán
de añadirse los representantes sindicales de las organizaciones presentes en
cada población.
Esta
decisión replicaba la estrategia de control de los colectivos izquierdistas
profesada por Largo Caballero, y que pondría en práctica con la inclusión de
comunistas y anarquistas en el gobierno entre los meses de septiembre y
noviembre[27].
Si
sobre el papel este esquema defensivo planteado podría ser calificado como solvente
y considerarse un primer paso para resolver los evidentes problemas
estructurales presentes en la legislación anterior, lo cierto es que
evidenciaba un exceso de entusiasmo en lo relativo a las posibilidades reales
que tenía la República no solo para ejecutarlo, sino para imponerlo y hacerlo
extensible a la totalidad del territorio bajo su control. Como es bien sabido,
el golpe de Estado había resquebrajado por completo la esfera social
republicana, imponiendo un contexto de extraordinaria excepcionalidad en la que
afloraron y se pusieron en juego las bases de las relaciones de poder
hegemónicas que habían gobernado la vida de las gentes desde el siglo XIX. Por
tanto, la tarea gubernativa pasaba por hacerse primeramente con las riendas de
lo que sucedía dentro de su propio territorio, a fin de organizar un esfuerzo
de guerra a la altura de la amenaza que pendía sobre su misma existencia como
régimen[28].
Precisamente
por ello, es necesario tener en cuenta que para el momento en el que este
Decreto ve la luz o bien los principales núcleos poblacionales ya han sido
atacados, como es el caso de Bilbao, o ya habían comenzado su preparación
defensiva de forma autónoma e independiente con respecto al impulso
centralizador[29].
Un
nuevo comienzo. El surgimiento de la Defensa Especial Contra Aeronaves (DECA)
Si en 1936 se concedió la preeminencia de la defensa contra aeronaves al Ministerio de Marina y Aire, ligando con ello el manejo y gestión de la misma a la aviación, en 1937 se asistiría a la consagración organizativa de esta forma de entender la protección antiaérea. El primer paso lo daría el Gobierno de la República el día trece de marzo, cuando por medio de un Decreto firmado por Indalecio Prieto, Ministro de Marina y Aire desde septiembre de 1936, se procedió a reordenar los servicios y funciones de la defensa antiaeronáutica bajo el mando único del Ministerio de Marina y Aire, asignando “al arma del Aire” tanto las unidades existentes como las futuras[30].
Así,
con este movimiento se conseguía no solo eliminar la división de competencias
con el Ministerio de la Guerra, sino dotar de coherencia orgánica a una
innegable realidad y es que, al menos hasta ese momento, la defensa contra
aeronaves republicana había dependido tanto en la retaguardia como en el Frente
de la aviación de caza. El primer gran ejemplo de esta afirmación se encuentra
en el crucial episodio de la defensa de Madrid, una batalla determinante cuya
vertiente antiaérea ha pasado habitualmente desapercibida[31].
De
acuerdo con el testimonio del propio Vicente Rojo, jefe de Estado Mayor de las
Fuerzas de Defensa de la ciudad y del Ejército republicano desde mayo de 1937,
el apoyo antiaéreo del que se dispuso para llevar a cabo la defensa de la
capital fue “nulo” y la actuación de la DCA “muy limitada”, debido
esencialmente a la escasez de material disponible. Ante la falta de nueva
documentación, los cálculos más fiables y que mejor pueden ajustarse a la
realidad son sin duda los aportados por Salas Larrazábal, quien fija en 20 el
número mínimo de piezas y cañones antiaéreos aprovechables, repartidos de forma
desigual entre las columnas de combatientes y siempre contabilizando las piezas
fijas emplazadas en el Palacio Real, la Plaza de Callao y el Ministerio de
Guerra[32].
Independientemente de esta cuestión, lo cierto es que las órdenes que guiarían la defensa aérea de Madrid procederían del día 8 de noviembre de 1936, dos días después de que el gobierno abandonase la ciudad y una vez superada la embestida inicial de los rebeldes. En estas instrucciones, dadas por Indalecio Prieto, se fija que sería principalmente la aviación de caza el elemento activo en torno al que se articularía la estrategia defensiva de la capital. Teniendo en cuenta las propias limitaciones de la misma, se advierte de la imposibilidad de su uso indiscriminado, limitando los servicios a un máximo de tres diarios y no garantizándose su operatividad permanente, algo que se explica atendiendo a la necesidad de condiciones meteorológicas favorables para garantizar el despegue y el desempeño de los pilotos. Se subrayaba también el establecimiento de una correcta red de observación como una obligación esencial, así como la publicidad abundante de los distintivos enemigos entre los combatientes para evitar los peligros del fuego aéreo[33].
El
segundo gran ejemplo llegaría apenas dos meses más tarde, concretamente el día
5 de enero, momento en el que, menos de veinticuatro horas después de que un nuevo
bombardeo sobre la ciudad de Bilbao provocase el asalto y asesinato de más de 200
presos derechistas en diversas cárceles de la localidad, Francisco Ciutat, en
calidad de Jefe del Estado Mayor del Ejército del Norte, notificaría a los
Consejeros de Defensa del País Vasco, Asturias y Santander la necesidad de
estructurar un servicio de Defensa Contra Aeronaves único y coordinado que se
ajustase al plan que acompañaba[34].
La
justificación ofrecida respondía a los siguientes términos:
La
necesidad de esta organización (…) se refleja claramente en el parte de aviación
de hoy, donde se dice de las deficiencias de una falta de coordinación técnica.
Por otra parte, la caza se resiente de esta dificultad según repetidamente
tiene manifestado, pues va en contra de su eficacia y la pone en inferioridad
de condiciones para la lucha[35].
A
la luz de esta nueva información, resulta pertinente resaltar la importancia esencial
de esta notificación. En primer lugar, atendiendo a lo meramente textual,
resulta evidente que, al igual que había sucedido en Madrid, la protección
antiaeronáutica de todo el territorio del norte había recaído fundamentalmente
sobre la aviación de caza hasta el momento, lo cual viene a demostrar la
afirmación realizada. Pero lo más importante es que este documento llevaba
adjunta la descripción detallada del primer plan antiaéreo completo del que se
tiene constancia en el Ejército republicano, un ordenamiento que no pasaría del
plano teórico, pero que demuestra la importancia concedida desde bien temprano
a la necesidad de fijar un orden claro y específico de actuación contra
aeronaves.
La
revolución orgánica iniciada por el Decreto del día 13 no acabaría, sin embargo,
con la concentración de competencias antiaéreas por parte del Ministerio de Marina
y Aire. Ese mismo día y en virtud de las mismas disposiciones, se daría a luz a
la Jefatura de la defensa antiaérea, la cual pretendía comenzar a dotar de
unidad a un servicio que había estado sumido en la más absoluta precariedad
desde el estallido de la guerra. No obstante, su existencia sería efímera y
apenas cuatro días después de que Guernica fuese poco menos que reducida a
cenizas bajo las bombas alemanas, por Decreto del día 30 de abril, se
oficializaría la creación de la Dirección de la Defensa Especial Contra
Aeronaves, habitualmente aludida por su acrónimo DECA, integrada igualmente
dentro de la Subsecretaría del Aire y bajo el mando directo del Jefe de las Fuerzas del Aire[36].
Entre
las competencias de la nueva Dirección se dispuso la “organización, inspección
y centralización, bajo su mando, de toda la DECA”, dotándosela de autoridad
suficiente como para elevar proyectos de distribución o creación de unidades al
propio Ministro a través del Jefe de las Fuerzas Aéreas. A fin de posibilitar
su funcionamiento, se fijó que este nuevo organismo debía de estar compuesto
por una Secretaría Técnica; una sección de Contabilidad de Material; y
departamentos de Administración de las Fuerzas, Obras, Personal, Escuela,
Material, Red de Escucha, DECA Locales y de la Jefatura de Fuerzas.
De
forma adicional, cabe reseñar la incorporación al despliegue defensivo de la
figura del Inspector, designado por el propio Director de la Defensa Contra
Aeronaves y adscrito a los Estados Mayores de los Ejércitos existentes. Su
papel sería esencialmente el de asesorar y asistir a los mandos.
En
lo que respecta al despliegue local del servicio, de forma un tanto
inespecífica, se establece que “en los centros más importantes” será el
Director de la DECA el encargado de designar un Jefe local, cuyas atribuciones
se centrarán las labores propias del mando y la dirección “de todos los
elementos activos y pasivos que constituyen la defensa local”.
Por
otro lado, se devuelve la vigencia a los Comités locales y provinciales creados
por Decreto el 8 de agosto de 1935, sometiendo su funcionamiento a las órdenes
emanadas de la Dirección de la DECA y fijando que la presidencia de los mismos
será desempeñada por el Jefe de la defensa antiaérea local o por el Alcalde o Gobernador
en caso de que el poblamiento en cuestión careciese de presencia de la DECA.
Quedaba
de esta forma articulada una primera estructura organizativa que aspiraba a
servir de marco de un completo sistema de defensa antiaérea, controlado por un
nuevo organismo, la DECA, que ya no desaparecería hasta el final de la
contienda.
Esta
ofrecía por fin un esquema de funcionamiento jerárquico y plenamente unificado que
se extendía desde el propio Ministro de Marina y Aire, máximo responsable de la
Subsecretaría del Aire en la que se integraba el recién creado entramado, hasta
la configuración básica de un orden de disposición local. La consolidación de
lo aquí expuesto en la práctica sería más problemático y requeriría de algunas
otras alteraciones sustanciales en lo teórico.
Dos
semanas después de formalizar el primer ordenamiento del sistema de defensa
antiaérea, el 14 de mayo, se decidiría dotar de independencia definitiva a la Aviación,
constituyéndola, así como Arma independiente y culminando con ello un proceso
que se venía arrastrando desde 1931 y que devolvió a las Fuerzas Aéreas al lugar
que por capacidad y utilidad les correspondía[37].
Resulta innegable que el contexto bélico impulsó y aceleró esta decisión, pero
constituía un paso lógico e ineludible si se aspiraba a sacar el máximo
rendimiento bélico de la moderna tecnología aeronáutica. De esta forma,
siguiendo la estela de las disposiciones enunciadas y en una dirección
plenamente consistente con una forma de entender la defensa contra la amenaza aérea
que ya había sido expuesta en 1936, las fuerzas y servicios de la Defensa
Especial contra Aeronaves serían integradas de forma absoluta en el nuevo Arma
de Aviación, convirtiéndose así en uno de los ejes esenciales de la estructura
aérea republicana.
Tras
esta serie de Decretos quedaba legalmente articulada la DECA, el organismo con
el que la República se había dotado para organizar y dirigir la defensa
antiaérea nacional y que, aunque constantemente reformada, se mantendría
operativa hasta 1939. La definición de este primer marco de actuación, sin
embargo, había dejado numerosos cabos sueltos, los cuales serían foco de
constante preocupación por parte de las autoridades. En primer lugar, cabría
señalar la inexistencia de un diseño global y homogéneo que diese una forma
coherente a la defensa civil del territorio, cuestión que había ocupado un
lugar secundario en el proyecto defensivo antiaéreo hasta el momento y que
trataría de ser enmendada a través de un nuevo Decreto promulgado el día 28 de
junio, con el objetivo de «modificar» lo dispuesto en los Decretos de 1935 y 1936
“y unificar cuanto por diversas iniciativas se ha establecido con la misma
finalidad”[38].
En
segunda instancia, quedaba por resolver la forma en que debía de concretarse
todo lo legislado, a fin de que el nuevo sistema pudiese reportar con la mayor celeridad
posible los máximos beneficios en el frente.
A nivel práctico, lo cierto es que tan pronto como el Ministerio de Marina y Aire asumió el mando se apresuró a confeccionar las primeras instrucciones generales completas con las que las unidades en el Frente debían de contrarrestar la acción de las aeronaves adversarias[39]. De forma teórica, esta lucha debía de librarse por medio del empleo de: la aviación; la artillería antiaérea de pequeño y grueso calibre; el fuego de ametralladoras antiaéreas y convencionales; y el disparo de fusiles. No obstante, la artillería antiaérea de pequeño calibre no pasaba de considerarse un mero refuerzo y, sorprendentemente, a pesar de señalar a la aviación como como la primera y principal herramienta en contra de la actividad aérea enemiga y ser la Subsecretaría del Aire la responsable del esfuerzo antiaeronáutico, no se incluían indicaciones para solicitar la participación de las Fuerzas Aéreas por parte de la tropa ni si quiera en situaciones de combate. La escasez y las prioridades de las autoridades aéreas parecen ofrecer la respuesta. Durante 1937 la República apostaría por retener de forma férrea el control de los aparatos disponibles y emplearlos para lograr la superioridad aérea en los Frentes principales. Los repetidos fracasos en el Norte y batallas pírricas como la de Brunete costarían al Ejército Popular la destrucción de más de 200 aparatos, así como la imposibilidad de recuperar la posición preeminente de lo que habían podido disfrutar hasta el momento[40].
Por
otro lado, conviene resaltar que en ningún momento la aviación fue integrada ni
a nivel orgánico ni operativo dentro de los organismos de protección aérea. Más
bien al contrario, tal y como demuestra el hecho de que, una vez constituida como
Arma en el mes de mayo, fuera la aviación la que absorbiera los servicios de
Defensa Contra Aeronaves. Esto garantizaba el control absoluto del sistema
defensivo por este nuevo Arma, pero no necesariamente la integración plena de
la aviación en las labores de protección, quedando esta adicionalmente
determinada por otras lógicas también propias de su naturaleza como eran el
reconocimiento y la ofensiva.
Por
otro lado, en lo que se refiere a la estructuración interna del Servicio
antiaeronáutico, sería necesario esperar nada menos que hasta el día 24 de
septiembre, en plena ofensiva de Asturias[41],
para encontrar la primera resolución orgánica definitiva de la DECA, una
configuración interna que se mantendría reconocible a lo largo de toda su
existencia y que, si bien respetó los mimbres contemplados en las disposiciones
del mes de abril, introduciría cambios de crucial envergadura. De todos ellos,
el más importante sería la configuración de la “Junta Facultativa de la DECA”
en sustitución del Estado Mayor propio con el que inicialmente se preveía dotar
a la Jefatura de Fuerzas[42],
Sección rectora del Servicio por encima de la cual únicamente se situaba el Jefe
o Director del mismo, un puesto oficialmente ocupado por el Coronel Enrique
Jurado Barrio desde el día 23 de agosto[43].
Su
composición interna, por el contrario, sí que respetaría tanto los cuatro
Negociados como la Inspección dispuestos en el mandato inicial, concentrando
atribuciones esenciales que comprendían labores tales como sustituir al Jefe de
la DECA en su ausencia; disponer la organización táctica de las unidades; o
mantener actualizada la relación del material disponible. En lo que respecta a
la Inspección, esta presentaba entre sus cometidos la instrucción técnica del
personal; el emplazamiento adecuado del material bajo su cargo; o el
mantenimiento de las plantillas, además de su lógica función inspectora.
Tras
la organización de la Jefatura de Fuerzas se daría paso a la estructuración de
la Red de Escucha, encargada de las labores de observación y transmisión
necesarias para anticipar los ataques enemigos y dar tiempo tanto a las
unidades como a las poblaciones a preparar su respuesta. En cuanto a su
composición, de los cuatro Negociados recogidos en el Decreto del 30 abril
únicamente se mantendría el Centro Director de Radio, adquiriendo una
estructura formal definitiva compuesta por un Jefe de la Red de Escucha; un
Oficial del Centro Director; “tantos Oficiales como Centros de Observación
existen (en la actualidad 15)”; dos Oficiales especialistas en telefonía y radiotelefonía;
y un Oficial especialista en radiotelefonía[44].
No
obstante, dada la importancia crucial de este elemento, sufriría varias
modificaciones y ajustes a lo largo de su existencia.
En
lo que concierne a la defensa de las poblaciones, sería la Sección DECA Pasivas
la encargada de desempeñar la labor directora del Servicio a la que había
quedado relegado después de que las Juntas de Defensa Pasiva Locales y
Provinciales, instauradas definitivamente en todo el territorio republicano por
Decreto de 28 de junio de 1937, quedasen definitivamente al cargo de la
adopción e implementación de las distintas medidas necesarias para asegurar la
protección civil contra ataques aéreos.
Precisamente por este motivo, ninguno de los negociados previsto en las disposiciones fundacionales de la DECA sería finalmente respetado.
Por
último, solo queda mencionar la Sección Escuelas y la Sección de Reparaciones,
originalmente designada bajo el nombre de “Sección de Material”. En este caso,
mientras que la primera mantendría su composición intacta, la segunda perdería sus
tres Negociados, quedando definida como una sección única, encargada entre
otras cuestiones de dirigir, organizar e inspeccionar la reparación del
material antiaéreo; controlar la fabricación del mismo; y organizar los
talleres móviles que requieran las unidades.
Un
movimiento impredecible. El nacimiento del Arma de la DCA
Nada más comenzar el año 1938, en plena batalla de Teruel y sin apenas margen para consolidar todo aquello que se acababa de crear, la defensa antiaérea volvería a ser situada en una fase de reestructuración profunda que se prolongaría hasta el mismo mes de diciembre, cuando prácticamente ya no quedaba esperanza y la guerra había sido perdida[45].
Así,
el día cuatro de enero, se daría a luz a un Decreto por el cual “(…) los
servicios constitutivos de la defensa antiaérea (…) que componen la actual
Defensa Especial Contra Aeronaves (…), pasen a depender del Ejército de Tierra”[46].
Se derogaban así todas las disposiciones anteriores que ligaban al servicio al
Arma de Aviación, transfiriendo su dependencia a la Subsecretaría del Ejército
de Tierra, también integrada en el Ministerio de Defensa Nacional desde su
aparición en mayo de 1937.
Este
movimiento revelaba el abandono de la línea de actuación antiaérea seguida
hasta el momento, cimentada sobre la acción combinada de los activos aéreos y
el fuego artillero, y el inicio de un nuevo enfoque que, a partir de este
momento, estará basado mayoritariamente en el poder antiaéreo del equipo
disponible y en la acción coordinada con los distintos Ejércitos. El
decaimiento general del armamento republicano, especialmente acusado en el caso
de la aviación, así como sus propias limitaciones técnicas serían los
principales motivos que justificarían este nuevo planteamiento, no pudiendo
aventurarse una alteración voluntaria de la doctrina antiaérea, si es que se puede
decir que esta existiera como tal en algún momento[47].
La
revolución orgánica del Servicio antiaéreo, sin embargo, no culminaría hasta el
25 de abril, momento en el que, tras una nueva crisis gubernativa que daría
paso al segundo gobierno del socialista Juan Negrín[48],
se procedería a la redacción de un Decreto reservado “para agrupar
orgánicamente a todos los elementos constitutivos de la Defensa Especial Contra
Aeronaves y dar a esta el carácter de Arma (…) dentro del conjunto del Ejército”[49].
De
esta forma, a partir del mes de abril de 1938, la defensa antiaeronáutica
republicana pasó a ser configurada como un Arma independiente dentro del
Ejército de Tierra, catapultando con ello la trascendencia otorgada a la
protección antiaérea como disciplina militar y a la DECA como máximo organismo
responsable de la misma. El movimiento resulta además especialmente
significativo, pues no tendría parangón en ningún otro país ni siquiera durante
la Segunda Guerra Mundial, configurándose así esta decisión como un hito sin
precedentes y un acentuado punto de no retorno en la evolución de la estructura
orgánica del Ejército republicano.
Finalmente,
en lo que respecta a su estructura orgánica, se fijaba que la DCA contara con
una Dirección General como organismo superior situada en Barcelona, capital de
la República desde los meses finales de 1937. El Mando de la misma vendría a
completarse con dos nuevas estructuras. En el Grupo de Ejércitos de la Región Oriental
(GERO), la DCA contaría con una Delegación de la Dirección General que se regiría
en su organización por las instrucciones dadas por aquella, mientras que en “la
Zona leal no catalana” esta Delegación se encontraría situada en Madrid y sería
el órgano al que estarían subordinadas todas las Agrupaciones DCA integradas
dentro del Grupo de Ejércitos de la Región Central (GERC)[50].
En
definitiva, el nuevo Armaadoptaría la siguiente configuración:
Finalmente,
entre los días 10 y 30 de diciembre de 1938 verían la luz los dos últimos
mandatos relativos al orden antiaeronáutico republicano. El primero tendría forma
de Decreto, y confirió su forma definitiva al sistema de defensa de la población
civil. El segundo, por el contrario, sería una Orden Circular, la cual
establecía las bases para el encuadramiento de los individuos que habían de
integrar el Arma de la DCA[51].
No
obstante, dado lo avanzado de la guerra ninguna de estas disposiciones pudo
alcanzar la trascendencia pretendida. Se ponía fin así al diseño legislativo
republicano concerniente a la defensa antiaeronáutica, un modelo tardío,
elaborado de forma forzosa y acelerada al calor de una implacable guerra civil
que nunca dio tregua y que impidió el verdadero desarrollo definitivo del marco
aquí trazado.
Conclusiones
Que
España no estaba preparada en 1936 para afrontar un reto como la Guerra Civil resulta
hoy un hecho tan claro como que la progresiva transformación del conflicto en una
despiadada guerra moderna obligaría a sus contendientes a adaptarse de forma acelerada
a las tácticas e innovaciones tecnológicas que ya habían traumatizado al mundo
en 1914. De todas ellas, sería la aviación la que más hondo impacto causaría, especialmente
debido a los atroces experimentos en torno al bombardeo estratégico que serían
ensayados sobre el territorio.
La
internacionalización inmediata de la conflagración jugaría en esto un papel
esencial, convirtiendo la implementación de un adecuado sistema de actuación
contra aeronaves en una necesidad ineludible desde los primeros compases de la
contienda, algo imposible de lograr dada la inexistencia de un marco orgánico
adecuado y la acuciante insuficiencia de material y de personal especializado.
No obstante, el orden antiaéreo republicano de preguerra no tardaría en ser reformado
por Largo Caballero, quien colocaría la primera piedra de lo que acabaría por
convertirse en un sistema parcialmente fallido e inconcluso.
Los múltiples defectos de este primer esfuerzo, en conjunción con una coyuntura completamente desfavorable, obligan sin embargo a ver el año 1937 como el verdadero punto de inflexión en el proceso de construcción de la estructura antiaeronáutica de la República, profundamente marcado por la creación de la DECA como organismo responsable de la totalidad del afán antiaéreo.
La revolución estructural a nivel orgánico llegaría sin embargo en 1938, momento en el que tras una breve absorción por el Ejército de Tierra la DECA adquiriría su independencia como Arma, un hito que alteraría sustancialmente la estructura del Ejército Popular. El avance impasible de la contienda, así como los reveses permanentes sufridos por el bando gubernamental en el frente, impedirían el florecimiento de las nuevas Fuerzas, algo que no detendría a las autoridades republicanas en su intento por perfeccionar una obra de la que no llegarían a ver sus frutos. Con el inicio de la ocupación de Cataluña, el entramado antiaéreo republicano entraría en un progresivo declive que se volvería súbito después de que Barcelona cayese en manos del Ejército rebelde, dando comienzo así a una acelerada descomposición que finalizaría con el desplome definitivo del Ejército Popular en marzo de 1939.
Fuente:
Revista Universitaria de Historia Militar Volumen 8, número 17, Año 2019
[1] El conteo realizado
por Fernando PUELL DE LA VILLA: “Nuevos enfoques y aportaciones al estudio
militar de la Guerra Civil”, Studia Histórica. Historia Contemporánea, 32
(2014), pp. 96-97, arrojaba un volumen superior a las 3.000 publicaciones solo
en el periodo comprendido entre 2006-2014.
[2] La mejor y más
completa revisión bibliográfica realizada hasta la fecha en: Ángel VIÑAS y Juan
Andrés BLANCO (Dirs.): La guerra civil española: una visión bibliográfica,
Madrid, Marcial Pons, 2017.
[3] Hasta el momento, no
existe ningún estudio profesional que adopte el sistema de defensa antiaéreo
republicano como objeto central de estudio. Solamente cabe señalar la monografía
realizada por Antonio VERA DELEITO y Jorge VERA DE LEITO APARICI: Defensa
antiaérea republicana (1936-1939): artillería y refugios (algo de valor),
Valencia, Requena, 2000 como única referencia ante la que hay que extremar la
cautela.
[4] El origen del concepto
de la guerra total puede rastrearse hasta Ernst LUDENDORF: Der totale Krieg,
Múnich, Ludendorff Verlag, 1935. Resultan pertinentes en este punto escritos
como los de Gabriele RANE ZATO: “Guerra civil y guerra total en el siglo XX”,
Ayer, 55 (2004), pp. 127-148; James W. CORTADA: La guerra moderna en España:
informes del ejército de los Estados Unidos sobre la Guerra Civil, 1936-1939,
Barcelona, RBA, 2014 o Rafael de MADARIAGA FERNÁNDEZ: “Hallazgos aeronáuticos
en la guerra de España. La guerra civil española como campo de experimentación
para la aviación de la Segunda Guerra Mundial”, en VV.AA.: De la Paz de París a
Trafalgar (1763-1805). Las Bases de la Potencia Hispana: IX Jornadas de
Historia Militar, Madrid, Ministerio de Defensa, 2004.
[5]
Jesús María
SALAS LARRAZÁBAL: La guerra de España desde el aire: Dos ejércitos y sus cazas
frente a frente, Barcelona, Ariel, 1969; Íd.: Guerra aérea 1936-1939, 4 vols.
Madrid, Servicio Histórico y Cultural del Ejército del Aire, 1998: Íd.:
Guernica, Madrid, Rialps, 1987; José Luis INFIESTA PÉREZ: Bombardeos del
litoral mediterráneo durante la guerra civil, 2 vols., Valladolid, Quirón,
1998; Josep María SOLÉ I SABATÉ y Joan VILLARROYA: España en llamas. La guerra
civil desde el aire, Madrid, Temas de hoy, 2003.
[6]
Francisco
SANTAELLA PASCUAL: La artillería en la defensa de Cartagena y su base naval,
Cartagena, Áglaya, 2001; Carlos de ARACIL: El País Valencià sota les bombes
(1936-1939), Valencia, Publicacions de la Universitat de València, 2010; Ramón
ARNABAT y David ÍÑIGUEZ: Atac i defensa en la rereguarda: els bombardeigs
franquistes a les comarques de Tarragona i les Terres de l'Ebre (1937-1939),
España, Ministerio de la presidencia del Gobierno de España, Grup de Recerca
Consolidat ISOCAT y Cossetània Ediciones, 2013; Francisco FORNALS VILLALONGA:
Menorca: defensas militares republicanas durante la Guerra Civil, 1936-1939,
Menorca, Consorcio del Museo Militar de Menorca, 2015.
[7] Ver: John H. MORROW.: The Great War in the Air: Military Aviation from
1909 to 1921, Washington, D.C., Smithsonian Institution Press, 1993; Philip S.
MEILINGER (Ed.): The Paths of Heaven, Alabama, Air University Press, 1997;
Charles CHRISTIENNE y Pierre LISSARAGUE: A History of French Military Aviation,
Washington DC, Smithsonian Institution Press, 1986; James CORUM: The Luftwaffe:
Creating the Operational Air War, 1918-40, Kansas, University Press of Kansas,
1997; Edward B. WESTERMANN: Flak: German Anti-Aircraft Defenses, 1914-1945,
Kansas, University Press of Kansas, 2001; Susan R. GRAYZEL: At Home and Under
Fire: Air Raids and Culture in Britain from the Great War to the Blitz, Nueva
York, Cambridge University Press, 2013; John FERRIS: “Fighter Defence Before
Fighter Command: The Rise of Strategic Air Defence in Great Britain,
1917-1934”, The Journal of Military History, 63:4 (1999), pp. 845-884; Leon
GOURÉ.: Civil Defense in the Soviet Union, USA, University of California
Press,1962; y Claudia BALDOLI y Andrew KNAPP: Forgotten Blitzes: France and
Italy under Allied Air Attack, 1940-1945, India, Continuum, 2012.
[8] Esto no significa que
no hubiese determinados sectores dentro del Ejército que mostrasen una
preocupación real al respecto. Para ello, ver la imprescindible tesis doctoral
de Alberto GUERRERO MARTÍN: Análisis y trascendencia de la Colección
Bibliográfica Militar (1928-1936). Tesis Doctoral, Madrid, UNED, 2015. De forma
específica, cabe resaltar el libro del comandante de Artillería Vicente
MONTOJO: Ejército moderno. Servicio de información, defensa antiaérea, guerra
química, mecanización, combatiente, Madrid, Sucesores de Rivadeneyra, 1930,
quien ya a comienzos de la década de 1930 puso de relieve la importancia de la
actuación antiaeronáutica.
[9]
La reforma
militar azañista ha sido objeto de discusión habitual en la historiografía. Además
de los volúmenes generales que analizan la II República en su conjunto,
destacan los análisis específicos realizados por: Gabriel CARDONA: El poder
militar en la España contemporánea hasta la guerra civil, Madrid, Siglo XXI,
1983; Mariano AGUILAR OLIVENCIA: El Ejército español durante la Segunda
República, Madrid, Econorte, 1986 o Michael ALPERT: La reforma militar de Azaña
(1931-1933), Granada, Comares, 2008.
[10] Diario Oficial del
Ministerio del Ejército, 20 de enero de 1931. Acerca del “Plan Vickers” y el
caso específico de Cartagena ver: Federico SANTAELLA PASCUAL: La artillería en
la defensa de Cartagena y su base naval: desde los orígenes al Plan Vickers de
1926, Murcia, Áglaya, 2006. Al respecto de las dificultades económicas sufridas
por la República en el terreno militar ver: Gabriel CARDONA: el poder militar…
op.cit., pp. 166 y ss. Ver también el recuento y valoración del equipo
antiaéreo realizado en 1934 por Emilio MOLA VIDAL: El pasado, Azaña y el porvenir: las
tragedias de nuestras instituciones militares, Madrid, Bergua, 1934, recogido
en Íd.: Obras completas, Valladolid, Santarén, 1940. Nos referimos a las pp.
1098-1099 y notas 1 y 1 de cada
página respectivamente, en donde se especifican no solo los calibres de los
cañones instalados en las Bases navales, sino que se hace notar la falta de
inversión en material antiaéreo a pesar de la asignación de presupuesto para
tales efectos.
[11] La Gaceta de Madrid,
26 de mayo de 1931, p. 942 y 17 de junio de 1931, pp. 1433-34; Diario Oficial
del Ministerio de la Guerra, 25 de noviembre de 1931, p. 489; Gabriel CARDONA:
el poder militar…op. cit., p.156; Ramón SALAS LARRAZÁBAL: Historia del Ejército
Popular de la República, Madrid, Editora Nacional, 1973, pp. 14 y ss. y 46 y
ss.; José Manuel MARTÍNEZ BANDE: Los años críticos: República, conspiración,
revolución y alzamiento, Madrid, Ediciones Encuentro, 2007 pp. 383 y ss.
[12]
Michael ALPERT:
La reforma militar… op.cit., Madrid, Siglo XXI, 1982, pp. 320-321 y José María
GILROBLES: No fue posible la paz, Barcelona, Ariel, 1968, pp. 255-259.
[13] La Gaceta de Madrid,
6 de abril de 1933, p. 155; Michael ALPERT: La reforma militar… op.cit., pp.
321-326.
[14] La Gaceta de Madrid,
10 de agosto de 1935.
[15]
Ver obras como: Ludwig Fritz HABER.: The Poisonous Cloud:
Chemical Warfare in the First World War, Nueva York, Oxford University press,
2002 o Michael FREEMANTLE: Gas! Gas! Quick,
Boys!: How Chemistry Changed the First World War, UK, The History Press, 2014. En el caso español,
cabe destacar los cursos y conferencias impartidos en la Academia de
Infantería, Caballería e Intendencia de Toledo, los cuales acabarían culminando
en 1934 con la creación de la Asociación Anti-Agresión Aérea, caracterizada por
ser la primera entidad civil española constituida para organizar la defensa
contra agresiones químicas de una provincia. Al respecto, ver: Mónica María
SANTOS MARTÍN y María de los Ángeles SÁNCHEZ-BEATO ESPIAU: “La Asociación
Anti-Agresión Aérea de Toledo AAAA (1934-1936)”, Archivo Secreto, 5(2011), pp.
84-99, citado en Alberto GUERRERO MARTÍN: op.cit., p. 225.
[16] Nos referimos en este
punto a la estrategia de control del territorio y su población diseñada por los
sublevados a partir de su fracaso en la toma de Madrid. Esta se articularía a
través de la unificación de los servicios de información con la justicia
militar y las delegaciones de orden público. Al respecto ver: Gutmaro GÓMEZ
BRAVO.: Geografía humana de la represión franquista. Del Golpe a la Guerra de
ocupación (1936-
1941), Madrid, Cátedra, 2017.
[17] Acerca del papel y
estado de la Armada española al inicio de la contienda ver Michael ALPERT: La
guerra civil española en el mar, Barcelona, Crítica, 2007, pp. 41 y ss. y la
obra de Daniel SUEIRO.: La flota es roja: papel clave del radiotelegrafista
Benjamín Balboa en julio de 1936, Guadalajara, Silente, 2009.
[18] Jesús María SALAS
LARRAZÁBAL: Guerra Aérea… op.cit., Tomo 1, pp. 31 y ss. y Josep Maria SOLÉ I SABATÉ
y Joan VILLARROYA: op.cit., pp. 25-27.
[19] Uno de los
principales relatos acerca del bombardeo de Ochandiano en: Vicente TALÓN:
Memoria de la guerra de Euzkadi de 1936, Vol. 1, Barcelona, Plaza y Janés,
1989, pp. 97-101.
[20] Josep María SOLÉ I
SABATÉ y Joan VILLARROYA: op.cit., pp. 28-35. El episodio del Pilar ha sido tratado
en más de una ocasión. Al respecto ver: Dimas VAQUERO PELÁEZ: “En la historia y
en el recuerdo: bombardeos sobre la ciudad de Zaragoza durante la Guerra Civil
española”, Rolde: Revista de cultura aragonesa, 114 (2005), pp. 20-22 y José
Luis ALCOFAR NASSAES.: “Una nueva hipótesis sobre el bombardeo del templo del
Pilar en Zaragoza”, Historia y Vida, 262 (1990), pp. 87-90.
[21] La mejor monografía
escrita hasta el momento acerca del abandono internacional sufrido por la
República es sin duda la de Ángel VIÑAS.: La soledad de la República: el
abandono de las democracias y el viraje hacia la Unión Soviética, Barcelona,
Crítica, 2006.
[22] Ibídem e Íd.:
“Intervención y no intervención extranjeras”, en Edward MALEFAKIS (Dir.): La
Guerra Civil española, Madrid, Taurus, 2006, pp. 221-229. Acerca de las
Brigadas Internacionales ver: Manuel REQUENA (ed.): “Las Brigadas Internacionales”,
Ayer, 56 (2004), pp. 11-196.
[23]
Josep MASSOT I
MUNTANER: La guerra civil a Mallorca, Abadía de Montserrat, 1976 e Íd: Els bombardeigs
de Mallorca durant la guerra civil (1936-1938), Barcelona, Abadía de Motserrat,
1998.
[24] José Luis INFIESTA
PÉREZ.: op.cit y Juan MARTÍNEZ LEAL: República y guerra civil en Cartagena (1931-1939),
Cartagena, Universidad de Murcia, 1993.
[25] Gaceta de Madrid del
día 25, p. 1967. Por “error material”, este escrito sería corregido y publicado
de forma definitiva en la Gaceta de Madrid correspondiente al día 27 de
septiembre, p. 2006.
[26] El Ministerio de
Marina y Aire se creó oficialmente por decreto el día 4 de septiembre de 1936,
separando con ello el control de la aviación del Ministerio de la Guerra, un
movimiento intermedio que culminaría en el mes de mayo de 1937 con la
constitución de la misma como Arma. El texto que dio forma a esta nueva
institución ministerial en: Gaceta de Madrid, 5 de septiembre de 1936, pp.
1671-1672.
[27]
Julio AROSTEGUI:
Largo Caballero: el tesón y la quimera, Barcelona, Debate, 2013, pp. 498-501 y
Helen GRAHAM.: El PSOE en la Guerra Civil: poder crisis y derrota (1936-1939),
Barcelona, Debate, 2005, pp. 79 y ss.
[28] Helen GRAHAM: La
república española en guerra (1936-1939), Barcelona, Debate, 2006, pp. 105;
Julio ARÓSTEGUI: “Guerra, poder y revolución. La República española y el
impacto de la sublevación”, Ayer, 50 (2003) pp. 85-114 e Íd: “Los componentes
sociales y políticos”, en Manuel TUÑÓN DE LARA et al.: La guerra civil
española. 50 años después, Barcelona, Labor, 1989, pp. 45-122.
[29] El caso mejor
conocido es sin duda el de Barcelona. Ver: Judit PUJADÓ I PUIGDOMÈNECH: Contra l'oblit:
els refugis antiaeris poble a poble, Barcelona, Publicaciones de la Abadía de
Montserrat, 2006 y Santiago ALBERTÍ y Elisenda ALBERTÍ: ¡Perill de bombardeig!:
Barcelona sota les bombes (1936-1939), Barcelona, Albertí Ediciones, 2006.
[30] Gaceta de la
República, 14 de marzo de 1937, p. 1197.
[31] Acerca de la defensa
de Madrid ver, por ejemplo, Julio ARÓSTEGUI: “La defensa de Madrid y el
comienzo de la guerra larga”, en MALEFAKIS, E. (Dir.): op.cit., pp. 119-142.
[32] Vicente ROJO.: Así
fue la defensa de Madrid (Aportación a la Historia de la Guerra de España,
1936-1939), Madrid, Imprenta de la Comunidad de Madrid, 1987, pp. 41 y 131-132
y Ramón SALAS LARRAZÁBAL: Historia del Ejército… op. cit., pp. 606- 609.
[33] Archivo General
Militar de Ávila (AGMAV), C. 232, 2,6.
[34] Una síntesis acerca
del estado político y militar del Norte tras la sublevación hasta mayo de en:
Helen, GRAHAM: La república española… op.cit., pp. 263 y ss.
[35] Centro Documental de
la Memoria Histórica (CDMH), PS-GIJÓN-I, C. 83, Exp. 23. Documento dado en Bilbao
el 5 de enero de 1937 y firmado por Francisco Ciutat, jefe de Estado Mayor
Central del Ejército del Norte.
[36] Gaceta de la
República, 3 de mayo de 1937, p. 537.
[37] Gaceta de la
República, 16 de mayo de 1937, pp. 719-720 y Diario Oficial del Ministerio de
la Guerra, 18 de mayo de 1937, pp. 383-384. Su actuación en las campañas de
Marruecos le valdría a la aviación española la independencia en 1926. No
tardaría demasiado en perderla, sin embargo, a consecuencia de la sublevación del
aeródromo de Cuatro Vientos en 1930. Durante la II República, tanto Azaña como
el Ministro Ricardo
Samper
en 1934 tratarían de devolver a las Fuerzas Aéreas a su anterior posición,
aunque la culminación de este proceso no llegaría hasta el estallido de la
Guerra Civil. Para un seguimiento esquemático de la evolución de la aviación
española a través de la legislación hasta 1939 ver: José Ramón MARTELES LÓPEZ.:
“Hitos normativos de la aviación militar española”, en VV.AA.: De la Paz de
París a Trafalgar (1763-1805). Las Bases de la Potencia Hispana: IX Jornadas de
Historia Militar, Madrid, Ministerio de Defensa, 2004, pp. 66-71. Gaceta de la República, 29 de junio de 1937,
pp. 1407-1408 y Diario Oficial del Ministerio de Defensa Nacional, 30 de junio
de 1937, p. 769.
[38]
Gaceta de la República, 29 de junio de 1937, pp. 1407-1408 y Diario Oficial del
Ministerio de Defensa Nacional, 30 de junio de 1937, p. 769.
[39]
AGMAV, C. 577,
1,3. Los borradores encontrados parecen apuntar al día 20 de abril como fecha
en la que el contenido de estas instrucciones habría alcanzado su forma
definitiva. No obstante, la ausencia de una fecha precisa en el documento final
hace imposible precisar el momento exacto de su edición.
[40]
Ramón SALAS
LARRAZÁBAL: “Las fuerzas militares”, en Edward MALEFAKIS, (Dir.): op.cit., pp. 209-210;
Gabriel CARDONA: Historia militar de una guerra civil, Barcelona, Flor de
Viento, 2006, pp. 210-212. Un análisis pormenorizado del desarrollo aéreo de la
guerra durante 1937 en Jesús SALAS LARRAZÁBAL: Guerra Aérea 1936-1939… op.cit.,
Tomos 2 y 3. 41 La evolución del frente norte se puede seguir en: José Manuel
MARTÍNEZ BANDE: La guerra en el norte (hasta el 31 de marzo de 1937), Madrid,
San Martín, 1969; Íd.: Vizcaya, Madrid, San Martín, 1971 y Fernando PUELL DE LA
VILLA y Justo HUERTA (eds.): Atlas de la Guerra Civil española, Madrid,
Síntesis,2007.
[41] La evolución del
frente norte se puede seguir en: José Manuel MARTÍNEZ BANDE: La guerra en el
norte (hasta el 31 de marzo de 1937), Madrid, San Martín, 1969; Íd.: Vizcaya,
Madrid, San Martín, 1971 y Fernan[41]do
PUELL DE LA VILLA y Justo HUERTA (eds.): Atlas de la Guerra Civil española,
Madrid, Síntesis,
2007.
[42] AGMAV, C. 315, 2,4. El
documento está compuesto por un total de doce páginas, pero está incompleto, faltándole
al menos otra hoja inicial de acuerdo con la paginación original. Es muy
probable que en ella se llevase a cabo una definición completa de las
facultades atribuidas al propio Jefe de la DECA, así como una descripción de la
composición de la citada Junta Facultativa y sus cometidos. No obstante, de acuerdo
con
el
Decreto del 30 de abril y la producción posterior del organismo, resulta
evidente que la Jefatura se encargaba de cumplir un papel director y
organizador del servicio, encargándose también de la validación y emisión de
las órdenes y directivas.
[43]
Comenzaría su
carrera a la temprana edad de 17 años, siendo admitido en el Ejército en 1899.
Sus primeras batallas las libraría en África destinado al Grupo de Montaña en
Larache, alcanzando el grado de Capitán. En 1922 sería destinado al Parque de
Artillería N° 1 de Madrid, pasando así formar parte del Arma de Artillería en
donde sería promovido a Comandante. Tras participar en la sublevación del
aeródromo Cuatro Vientos en 1930 quedaría en estado de disponible forzoso en la
1ª Región Militar, siendo nombrado en 1931 jefe del primer Grupo del Regimiento
de Artillería a Caballo de Carabanchel y degradado al grado de Comandante. En
el momento en que se produjo el golpe de Estado, Jurado se encontraba en Madrid
y contribuyó a sofocar la insurrección en el Cuartel del Regimiento de
Artillería Ligera de Getafe. A partir de ese momento, su presencia en los
campos de batalla se hizo habitual, comandando el IV y XVIII Cuerpos de Ejército
en las batallas de Guadalajara y Brunete respectivamente. Su ascenso al frente
de la DECA en Diario Oficial del Ministerio de Defensa Nacional, 24 de agosto
de 1937, p. 453. El relato biográfico más completo y extenso corresponde a
María Teresa SUERO ROCA.: Militares republicanos de la Guerra de España,
Barcelona, Península, 1981, pp. 337 y ss.
[44] AGMAV, C. 315, 2,4, p.
6.
[45]
Las dificultades
a la hora de poner en marcha tanto el nuevo Arma de Aviación como el Servicio
de Defensa Contra Aeronaves fueron acuciantes durante todo el año 1937. El
hecho de que no se fijasen las disposiciones que debían de regir la composición
y el reclutamiento del Cuerpo de Intendencia de la Aviación, responsable de la
gestión económica entre otras cuestiones, hasta el mes de noviembre resulta
especialmente significativo. La resolución sería dada el día 11 de noviembre,
aunque no aparecería en el Diario Oficial del Ministerio de Defensa Nacional
hasta el día 16 (pp.273-274). Al respecto de la Batalla de Teruel, esta ha sido
recientemente revisada por David ALEGRE LORENZ: La batalla de Teruel: Guerra
total en España, Madrid, La esfera de los libros, 2018.
[46] Gaceta de la
República, 6 de enero de 1938, p. 70.
[47]
Para una
valoración sucinta del estado del armamento republicano a lo largo de la guerra
ver: Michael ALPERT: El Ejército popular de la República, 1936-1939, Barcelona,
Crítica, 2007, pp. 266 y ss. Para un análisis más específico siguen siendo
fundamentales las obras de Gerald HOWSON: Arms for Spain: The Untold Story of
the Spanish Civil War, Londres, John Murray, 1998; Íd: Aircraft of the Spanish
Civil War, 1936-1939, Londres, Putnam, 1990 y Daniel KOWALSKY: La Unión
Soviética y la guerra civil española: una revisión crítica, Barcelona, Crítica,
2004.
[48]
Enrique
MORADIELLOS.: Negrín: Una biografía de la figura más difamada de la España del
siglo XX, Barcelona, Península, 2015, pp. 325-348; Helen GRAHAM: La república
española… op.cit., pp. 384-390 e Íd.: El PSOE en la Guerra Civil… op. cit., pp.
174 y ss.
[49]
AGMAV, C.315,
1,5. El documento que se cita corresponde a la transcripción parcial del
decreto que acompañó a la comunicación por parte del Delegado de la Dirección
General de la DCA. de Madrid, con fecha de 1 junio de 1938, de la recepción del
mismo. El original se hizo llegar a la Dirección General de la DCA el día 7 de
mayo procedente del Estado Mayor Central, aunque no parece conservarse. El
subrayado fue añadido al original con posterioridad a su elaboración. Por otra
parte, todo parece indicar que la independencia real del Arma fue obtenida el
día 4 de abril. Un informe valorativo de la trayectoria, estado y necesidades
del organismo firmado por el propio Enrique Jurado a fecha de 29 de mayo de
1938 así lo indica. Este puede encontrarse en: Archivo Histórico Nacional
(AHN), Diversos-Vicente_Rojo, Caja 24, Carpeta 5.
[50]
El GERC y el
GERO serían creados como respuesta organizativa a la fractura del territorio
leal que había supuesto la llegada de las tropas franquistas al área de Vinaroz
tras el desplome del frente de Aragón entre los meses de febrero y marzo de
1938. Ver: Michael ALPERT: El Ejército popular… op.cit., pp. 300-301.
[51]
Gaceta de la
República, 10 de diciembre de 1938 y Diario oficial del Ministerio de Defensa
Nacional, 30 de diciembre de 1938, p. 1150. La orden como tal está fechada el día
28, pero no se dio a conocer hasta la publicación del Diario dos días después.