4 de septiembre de 2021

DISPARANDO CONTRA EL CIELO: LA CONSTRUCCIÓN DEL SISTEMA DE DEFENSA ANTIAÉREO REPUBLICANO DURANTE LA GUERRA CIVIL (1936-1938)

 


 

Por Diego Martínez López

 

Introducción

 

El interés suscitado por la Guerra Civil entre legos y expertos resulta indiscutible a la luz de la ingente cantidad de publicaciones que año tras año un conflicto como el español acumula de forma ininterrumpida[1].

 

Consecuentemente, el número de enfoques y perspectivas de estudio empleadas para su análisis tampoco ha cesado de aumentar[2]. No obstante, a pesar de que se trata de una contienda razonablemente bien conocida, especialmente si se la contempla desde el punto de vista de la historia militar clásica, lo cierto es que aún existen un buen número de incógnitas que apenas han recibido atención específica por parte de la historiografía profesional.

 

Tal es el caso del sistema de defensa antiaeronáutico implementado por la Segunda República para protegerse de los brutales bombardeos aéreos con los que las fuerzas sublevadas trataron de doblegar tanto en el frente como en la retaguardia la capacidad de combate y resistencia del bando gubernamental[3].

 

En este sentido, cabe resaltar que si bien la contemplación de la Guerra Civil dentro del paradigma teórico de la guerra total ha permitido el surgimiento de algunos trabajos relevantes que pretenden esclarecer el papel jugado por la aviación durante la conflagración[4], lo cierto es que la mayor parte de obras de referencia existentes en la actualidad presentan no solo una acusada antigüedad que en algunos casos ya se cuenta por décadas, sino una insatisfactoria predilección por el aspecto ofensivo de las campañas y los devastadores efectos provocados por los bombardeos sobre la población civil[5].

 

La óptica aérea republicana ha quedado por tanto relegada de forma sistemática en el panorama historiográfico, siendo especialmente llamativo el caso de la protección antiaeronáutica, en donde apenas han emergido un puñado de estudios parciales que, en su mayoría, pretenden reconstruir las circunstancias particulares del conflicto aéreo en el área mediterránea de la Península, crudamente castigada por los rebeldes a partir de 1938[6].

 

A fin de contribuir al conocimiento sistemático de la estrategia antiaérea manejada por la República y el Ejército Popular durante la Guerra Civil española, se desarrollará a lo largo de las siguientes páginas una aproximación a la configuración y evolución del organismo bautizado como Defensa Especial Contra Aeronaves (DECA), encargado del diseño e implantación de la estructura antiaeronáutica del bando gubernamental desde 1937. Para ello, se recurrirá tanto al análisis de las distintas disposiciones legislativas públicas y reservadas que le dieron forma como al examen de los documentos internos que determinarían su composición final, todo ello sin soslayar las diversas órdenes y directrices que guiarían la concreción de la actuación republicana contra la amenaza aérea a lo largo del tiempo.

 

Empezando desde cero. El desarrollo antiaéreo republicano previo a la Guerra Civil

 

Antes de la Primera Guerra Mundial, pocas poblaciones conocían de cerca lo que era sufrir un bombardeo aéreo en sus propias carnes. Este conflicto se encargaría de alojar ese sentimiento en los corazones y conciencias de los europeos, forzando un cambio de mentalidad en la comprensión del conflicto bélico que serviría de acicate para el desarrollo y perfeccionamiento de complejos sistemas defensivos en los que, por primera vez, el frente doméstico adoptó una posición vital. No obstante, ni las enseñanzas extraídas de la Gran Guerra ni los conflictos coloniales del llamado periodo de entreguerras sirvieron para alterar de forma homogénea la visión defensiva individual de cada Estado, hecho que, para 1939, se tradujo en que tan solo Gran Bretaña y Alemania pudieran presumir de contar con una aviación poderosa y un sistema de actuación contra aeronaves digno de tal nombre[7]. La realidad sería bien distinta en el caso español, cuya neutralidad en la “Guerra que acabaría con todas las guerras”, a decir del célebre escritor británico H. G. Wells, salvó a la población de innumerables sufrimientos en el campo de batalla a cambio de retrasar la entrada del país en la modernidad militar[8], un precio tal vez demasiado alto que comenzaría a cobrarse sus primeras víctimas en julio de 1936.

 

En este contexto, el 14 de abril de 1931 echaría a andar en España un nuevo proyecto de régimen republicano que trataría de modernizar y dinamizar el funcionamiento institucional del país. De la mano de un personaje como Manuel Azaña, la recién nacida Segunda República Española trataría de acometer una profunda y controvertida reforma del Ejército que no buscaba otra cosa que romper con la tradición pretoriana que había caracterizado a la institución militar en la Península. Uno de los objetivos fundamentales de la legislación era reducir al mínimo la permanente contaminación militarista a la que el intervencionismo castrense en labores de orden público había sometido, desde hacía ya más de un siglo, a la esfera civil. Totalmente en sintonía con la escuela francesa, la visión que Azaña trató de imponer fue la de un Ejército de corte exclusivamente defensivo, cada vez más desconectado de la actividad colonial y en sincronía con las corrientes que dominaban Europa desde la Primera Guerra Mundial. La racionalización del sistema de funcionamiento interno de la institución, especialmente en lo que a ascensos se refiere, y la renovación acusada de su equipamiento resultaban retos ineludibles que había que abordar si se aspiraba a que el país se reconciliase con el progreso[9].

 

Sin embargo, las dificultades económicas y el precario estado en el que se encontraba el Ejército a la altura de 1931 hicieron prácticamente imposible la modernización profunda que este necesitaba, comenzando por la mecanización y continuando por el armamento. Específicamente, en lo que se refiere a la defensa antiaérea, hay que decir que esta comenzó su desarrollo principalmente durante la dictadura de Primo de Rivera, culminando con el conocido como “Plan Vickers” de 1926, un proyecto de refuerzo antiaéreo enfocado a la protección de las principales bases navales del país. Bajo la cobertura de este programa, se adquirió la patente de fabricación del cañón Vickers de 105 mm. a Inglaterra, la cual se utilizaría para fabricar un total de doce baterías compuestas de cuatro cañones cada una que se repartirían entre las bases de El Ferrol, Menorca y Cartagena. De todas ellas, únicamente cuatro irían a parar al Arsenal levantino, las mismas que posteriormente serían retenidas hasta el final por el gobierno republicano tras el estallido de la confrontación en 1936. El primer Grupo de Artillería Antiaérea como tal se crearía por Real orden circular con fecha del 15 de enero de 1931, asignado al Campamento de Carabanchel y equipado con 16 anticuados cañones Skoda de 7,65 cm. Modelo 1919[10]. 

 

El proyecto reformista de Azaña comenzaría a tomar forma en mayo de 1931, concretamente a partir del Decreto del día 25, aparecido al día siguiente en el número 146 de la Gaceta de Madrid, por el cual se fijaban los principios esenciales que habrían de guiar la remodelación del Ejército. Entre sus numerosas modificaciones se encontraba la creación de dos Grupos de Defensa Contra Aeronaves (DCA), equipados cada uno con dos baterías de cuatro cañones y una compañía de ametralladoras de infantería.

 

Posteriormente, se les añadiría un predictor de tiro y un telémetro de la Escuela Central de Tiro. El 16 de junio, también por Decreto, se estableció que ambas agrupaciones quedaban situadas bajo el mando directo de los Generales de las distintas ocho nuevas divisiones en que había sido seccionado el territorio nacional. Dado que el primer Grupo fue asignado a Madrid y el segundo a Zaragoza, esto significa que resultaban encuadrados bajo la Primera y Quinta División Orgánica respectivamente. Los primeros nombramientos no llegarían hasta el día 24 de noviembre, momento en el que, tal y como sería anunciado en el Diario Oficial número 265 del Ministerio de la Guerra, el Grupo de Defensa Contra Aeronaves N° 1 pasaría a estar integrado por hasta 16 Capitanes de artillería, mientras que el segundo recibiría únicamente 3 componentes, dejando una plaza de Teniente y dos de Comandantes como vacantes. Al margen de ascensos y diversos cambios en los nombramientos, los cuales pueden seguirse a través de los distintos Diarios Oficiales del Ministerio de la Guerra y de los Anuarios Militares, esta sería la principal fuerza defensiva antiaérea de la República hasta el fatídico mes de julio de 1936, momento en el que, tras la sublevación, el Grupo zaragozano sería inmediatamente controlado por los militares rebeldes. Distinta suerte correría la agrupación madrileña, la cual, tras un conato de rebelión, logró controlar la situación y asegurar el control republicano de sus activos hasta su desplome final en 1939[11]. No obstante, resulta pertinente reseñar que, en 1935, durante su mandato como ministro de la Guerra, José María Gil-Robles realizaría el encargo para la fabricación de 24 nuevas baterías de artillería, la realización de mejoras en las ya existentes y la organización de diferentes comisiones para analizar la defensa antiaérea, entre otras.

 

En definitiva, una serie de mejoras sustanciales, especialmente en lo que a dotación militar se refiere, de las que acabaría beneficiándose la República durante la guerra[12].

 

Desde el punto de vista de la defensa contra aeronaves, la labor republicana no cesaría con el refuerzo de la artillería. El 6 de abril de 1933 se publicaría un Decreto aprobado el día anterior por el cual se creaba la Dirección General de Aeronáutica a cargo de la Presidencia del Consejo de Ministros. A partir de esta nueva resolución se trató de reformar la organización general de las Fuerzas Aéreas españolas, destacando especialmente su artículo número cinco, por el cual se define la composición de las mismas. Además de la Armada aérea y de la aviación de cooperación, se daba lugar a la creación de la aviación de la defensa aérea, cuya creación se ligaba a la de los grupos terrestres. Cosa bien distinta sería la verdadera concreción de estas medidas en la práctica. Aún durante el periodo de dominio azañista, la Dirección General de Aeronáutica había elaborado un programa de desarrollo que requería de una inversión aproximada de 400 millones de pesetas a lo largo del siguiente lustro. El proyecto sería aprobado, apoyado y reimpulsado por el propio Gil-Robles sin resultados inmediatos, acabando por aprobarse la primera anualidad en favor del mismo en 1936[13].

 

Sin embargo, a nivel organizativo, el verdadero punto de inflexión llegaría durante el verano de 1935, concretamente el día 10 agosto, cuando se hizo público el Decreto del Ministerio de la Guerra por el cual se daba forma a un primer plan de defensa civil en España[14].  

 

Dadas las limitaciones inherentes a la naturaleza del formato de este escrito, así como a su propio enfoque, las menciones relativas a la protección de las poblaciones se reducirán al mínimo imprescindible, renunciando por tanto a la realización de un análisis pormenorizado de la cuestión. Baste decir aquí que el entramado propuesto en 1935 disponía la creación de un Comité Nacional presidido por el Presidente del Consejo de Ministros, cuya función no sería otra que la de liderar la actuación de una red de Comités provinciales y locales que habían de formarse en la totalidad de provincias en que estaba dividido el territorio y en todas las poblaciones que superasen los ocho mil habitantes.

 

La presidencia de los mismos estaría ocupada respectivamente por los Gobernadores Civiles y los Alcaldes, a los que se sumarían una amplia amalgama de personal especialista entre los que se encontraban delegados militares, personal sanitario y expertos en material químico. La inclusión de estos últimos respondería al miedo generalizado que se desató en el ámbito europeo a raíz de la Primera Guerra Mundial como consecuencia del empleo de gases tóxicos como arma de guerra, un pavor que alcanzaría de forma tardía a España y que se cita en las disposiciones como motor esencial de su promulgación[15]. No obstante, a pesar de las buenas intenciones que pudiesen haber impulsado el dictado de este Decreto, la ausencia de una estrategia de financiación favorable, unida a la entrada en un extenso periodo de inestabilidad política, imposibilitarían la traducción práctica de todo lo expuesto, obligando al país a afrontar sin apenas medios el inicio de lo que acabaría convirtiéndose en una larga y cruenta guerra de ocupación[16].16

 

Una necesidad insoslayable. El ordenamiento antiaéreo inicial de la República en guerra

 

El 17 de julio de 1936 daría comienzo la sublevación cuyo fracaso parcial acabaría dando origen a la Guerra Civil. La dubitativa respuesta inicial por parte del gobierno sería sucedida por un periodo turbulento marcado por la incapacidad manifiesta de las autoridades republicanas para sofocar el golpe y el avance impasible de las tropas rebeldes en dirección a la capital. En este marco tuvieron lugar los primeros ataques aéreos de la contienda, protagonizados esencialmente por la aviación y la marina de guerra gubernamentales sobre los territorios del protectorado marroquí que se habían sumado al levantamiento[17]. Aprovechando la posición estratégica del aeropuerto de Tablada, la República desataría durante los días 17 y 18 de julio una serie de ofensivas sobre los enclaves de Ceuta, Melilla, Tetuán y Larache que, a pesar de su escaso impacto mortal, causarían un amplio descontento entre la población local, que sería aprovechado por los sublevados para sumar nuevos apoyos y contingentes a sus fuerzas. La respuesta por parte de los militares rebeldes no se haría esperar, y tan pronto como les fue posible introducirían la aviación como elemento desequilibrante para tratar de conquistar las posiciones que se resistían a su control[18]. Así, las primeras víctimas civiles no tardarían en llegar, siendo el ataque aéreo sobre la localidad vasca de Ochandiano, llevado a cabo el día 22 de julio, una de las más notables de estos primeros compases del enfrentamiento[19].

 

El intercambio de golpes se mantendría en una creciente espiral destructiva que culminaría en el mes de noviembre de 1936 con el inicio de los bombardeos sobre la ciudad de Barcelona y el asedio de Madrid. Hasta entonces, ciudades como Oviedo, Valladolid o Granada serían objetivos duramente castigados por los respectivos contendientes, mereciendo una mención especial el caso de Zaragoza, cuya basílica sería bombardeada, probablemente por error, por la aviación republicana durante la madrugada del 3 de agosto. Por suerte o sabotaje, ninguno de los cuatro proyectiles lanzados explotaría, por lo que el ataque no provocaría ni víctimas ni severos daños materiales, pero sí desencadenaría un interminable registro de críticas que sería bien aprovechado con fines propagandísticos por el bando insurrecto[20].

 

Entre tanto, el panorama internacional comenzaba a definirse. El inicial apoyo francés, que se tradujo principalmente en los primeros envíos de material aeronáutico que recibiría la República, pronto se vio contrastado con la negativa inglesa a intervenir en la Península. Consecuencia de la dependencia internacional que había venido profesando durante los últimos años, Francia no tardó en verse obligada a asumir como propia la postura británica, acabando por prohibir la exportación de instrumental de guerra a España en una fecha tan temprana como el 25 de julio, dejando como única puerta abierta la posibilidad de continuar la venta de aviones siempre y cuando estos no llevasen ningún tipo de armamento equipado. En el bando contrario, la situación era radicalmente opuesta. La colaboración italiana había quedado establecida a través del arreglo de una serie de contratos que fijaban los términos de compraventa de cuantioso material bélico, mientras que la intervención alemana, más o menos fortuita, fue mediada en favor de Franco a través de dos militares alemanes con los que el General español había entrado en contacto en África. La constatación de esta realidad no tardaría en llegar y, casi de manera inmediata, las potencias democráticas europeas fueron conscientes de que el fascismo había entrado de lleno en el recién estallado conflicto peninsular. A partir de ese momento, Francia, totalmente influenciada por Londres, trataría de impulsar una política de no intervención, buscando aislar el conflicto español y frenar las influencias internacionales en el enfrentamiento. En agosto, este espíritu cristalizaría en una suerte de declaración franco-británica a la que se fueron adhiriendo distintos gobiernos, entre ellos la propia Italia, Alemania o la URSS, que había permanecido en silencio hasta el momento. No obstante, se trataba de un compromiso político que únicamente obligaba a los países firmantes a mantener informados al resto de naciones adheridas de las medidas que iban adoptando para evitar la exportación, reexportación y tránsito de material bélico a España, pero que no resultaba vinculante a nivel jurídico. Alemania o Italia, por ejemplo, optaron por omitir los párrafos más comprometedores del preámbulo de la declaración para continuar actuando de acuerdo a su conveniencia[21].

 

Ante esta situación, únicamente el México de Lázaro Cárdenas, y finalmente la URSS, se mostrarían abiertos a asistir ampliamente a los intereses gubernamentales, especialmente en el caso del gigante soviético. Sin embargo, esta ayuda no llegó a bajo coste ni fue en modo alguno un ejemplo de altruismo. En realidad, más que por afinidad o simpatía, tanto México como La Unión Soviética aceptaron las implicaciones de participar en el enfrentamiento español como una forma de proteger sus intereses. La primera, por ejemplo, veía la intromisión extranjera en la pugna como una forma más de agresión de los países fuertes contra los débiles, una interpretación que, de haberse instalado en la opinión general, podría haberle granjeado importantes apoyos en contra de las injerencias de los EEUU en su propio territorio. La URRS por su parte debía ensayar una estrategia de defensa colectiva en contra de la creciente amenaza alemana, lo cual suponía acercase a Francia y Reino Unido de manera oficial. Sin embargo, los motivos ideológicos y propagandísticos impulsarían la colaboración encubierta con la causa republicana. Al margen de ello, se puede concluir que, sin la colaboración internacional, primordialmente la soviética, el Gobierno republicano no hubiese sido capaz de resistir y plantar cara a la sublevación, pues esta fue su única fuente de acceso a material moderno de guerra, imprescindible para librar una contienda como la española. Además, la Unión Soviética sería la promotora e inspiradora de la solidaridad internacional, la cual hizo posible la existencia de fenómenos como el de las Brigadas Internacionales, unidades militares conformadas por voluntarios antifascistas de muy diversas nacionalidades que actuarían en favor del bando gubernamental[22].

 

Por otro lado, hay que tener en cuenta que las primeras entregas de suministros extranjeros a la República incrementarían notablemente la actividad ofensiva de la aviación y la Armada rebeldes sobre el Mediterráneo, siendo apoyados ya desde los meses de agosto y septiembre por los aparatos italianos asentados en la isla de Mallorca, en manos rebeldes desde los momentos finales del verano de 1936[23]. Así, tanto el puerto de Cartagena como los objetivos estratégicos de poblaciones costeras como la propia Barcelona, Alicante o Almería pasarían a asumir un papel protagonista desde el mes de octubre, manteniéndose en el punto de mira de los rebeldes hasta el final de la contienda[24].

 

La defensa antiaérea se convirtió de este modo en una necesidad insoslayable desde el mismo inicio de la pugna, un desafío que en 1936 el país no estaba preparado para afrontar. A la acuciante escasez de aviación militar apta para la tarea, se sumaba la inexistencia de armamento antiaeronáutico en la práctica totalidad del territorio y la falta de desarrollo del precario sistema defensivo con el que la República se había dotado en agosto de 1935. En este sentido, hay que decir que los primeros esfuerzos de reordenación llegarían de la mano del ascenso de Largo Caballero al poder durante el mes de septiembre de 1936, concretamente el día 23, con la promulgación de un nuevo Decreto que colocaba al Ministerio de la Guerra como el máximo órgano responsable del dictado de las medidas e instrucciones relativas a la protección civil[25]. Además, de forma determinante, se otorgaba a la aviación la consideración de “elemento preponderante de esta defensa”, atribuyendo con ello a la Subsecretaría del Aire del recién nacido Ministerio de Marina y Aire el cometido de solventar todas las problemáticas derivadas de la ejecución y puesta en práctica de las directrices adoptadas[26]

 

El orden organizativo de la defensa antiaérea quedaba de esta forma plenamente redefinido, otorgándole una clara línea hegemónica de mando y acción centralizados que orbitaba en torno al Ministerio de la Guerra y descansaba sobre la autoridad ejecutiva del Aire.

 

De estas implicaciones se desprende la mayor parte del articulado que da cuerpo al mandato. En lo que respecta al orden local se decidiría mantenerlo en manos de los Comités locales creados de forma teórica en 1935, a cuya composición habrán de añadirse los representantes sindicales de las organizaciones presentes en cada población.

 

Esta decisión replicaba la estrategia de control de los colectivos izquierdistas profesada por Largo Caballero, y que pondría en práctica con la inclusión de comunistas y anarquistas en el gobierno entre los meses de septiembre y noviembre[27].

 

Si sobre el papel este esquema defensivo planteado podría ser calificado como solvente y considerarse un primer paso para resolver los evidentes problemas estructurales presentes en la legislación anterior, lo cierto es que evidenciaba un exceso de entusiasmo en lo relativo a las posibilidades reales que tenía la República no solo para ejecutarlo, sino para imponerlo y hacerlo extensible a la totalidad del territorio bajo su control. Como es bien sabido, el golpe de Estado había resquebrajado por completo la esfera social republicana, imponiendo un contexto de extraordinaria excepcionalidad en la que afloraron y se pusieron en juego las bases de las relaciones de poder hegemónicas que habían gobernado la vida de las gentes desde el siglo XIX. Por tanto, la tarea gubernativa pasaba por hacerse primeramente con las riendas de lo que sucedía dentro de su propio territorio, a fin de organizar un esfuerzo de guerra a la altura de la amenaza que pendía sobre su misma existencia como régimen[28]

 

Precisamente por ello, es necesario tener en cuenta que para el momento en el que este Decreto ve la luz o bien los principales núcleos poblacionales ya han sido atacados, como es el caso de Bilbao, o ya habían comenzado su preparación defensiva de forma autónoma e independiente con respecto al impulso centralizador[29].

 

Un nuevo comienzo. El surgimiento de la Defensa Especial Contra Aeronaves (DECA)

 

Si en 1936 se concedió la preeminencia de la defensa contra aeronaves al Ministerio de Marina y Aire, ligando con ello el manejo y gestión de la misma a la aviación, en 1937 se asistiría a la consagración organizativa de esta forma de entender la protección antiaérea. El primer paso lo daría el Gobierno de la República el día trece de marzo, cuando por medio de un Decreto firmado por Indalecio Prieto, Ministro de Marina y Aire desde septiembre de 1936, se procedió a reordenar los servicios y funciones de la defensa antiaeronáutica bajo el mando único del Ministerio de Marina y Aire, asignando “al arma del Aire” tanto las unidades existentes como las futuras[30]

 

Así, con este movimiento se conseguía no solo eliminar la división de competencias con el Ministerio de la Guerra, sino dotar de coherencia orgánica a una innegable realidad y es que, al menos hasta ese momento, la defensa contra aeronaves republicana había dependido tanto en la retaguardia como en el Frente de la aviación de caza. El primer gran ejemplo de esta afirmación se encuentra en el crucial episodio de la defensa de Madrid, una batalla determinante cuya vertiente antiaérea ha pasado habitualmente desapercibida[31].

 

De acuerdo con el testimonio del propio Vicente Rojo, jefe de Estado Mayor de las Fuerzas de Defensa de la ciudad y del Ejército republicano desde mayo de 1937, el apoyo antiaéreo del que se dispuso para llevar a cabo la defensa de la capital fue “nulo” y la actuación de la DCA “muy limitada”, debido esencialmente a la escasez de material disponible. Ante la falta de nueva documentación, los cálculos más fiables y que mejor pueden ajustarse a la realidad son sin duda los aportados por Salas Larrazábal, quien fija en 20 el número mínimo de piezas y cañones antiaéreos aprovechables, repartidos de forma desigual entre las columnas de combatientes y siempre contabilizando las piezas fijas emplazadas en el Palacio Real, la Plaza de Callao y el Ministerio de Guerra[32].

 

Independientemente de esta cuestión, lo cierto es que las órdenes que guiarían la defensa aérea de Madrid procederían del día 8 de noviembre de 1936, dos días después de que el gobierno abandonase la ciudad y una vez superada la embestida inicial de los rebeldes. En estas instrucciones, dadas por Indalecio Prieto, se fija que sería principalmente la aviación de caza el elemento activo en torno al que se articularía la estrategia defensiva de la capital. Teniendo en cuenta las propias limitaciones de la misma, se advierte de la imposibilidad de su uso indiscriminado, limitando los servicios a un máximo de tres diarios y no garantizándose su operatividad permanente, algo que se explica atendiendo a la necesidad de condiciones meteorológicas favorables para garantizar el despegue y el desempeño de los pilotos. Se subrayaba también el establecimiento de una correcta red de observación como una obligación esencial, así como la publicidad abundante de los distintivos enemigos entre los combatientes para evitar los peligros del fuego aéreo[33].

 

El segundo gran ejemplo llegaría apenas dos meses más tarde, concretamente el día 5 de enero, momento en el que, menos de veinticuatro horas después de que un nuevo bombardeo sobre la ciudad de Bilbao provocase el asalto y asesinato de más de 200 presos derechistas en diversas cárceles de la localidad, Francisco Ciutat, en calidad de Jefe del Estado Mayor del Ejército del Norte, notificaría a los Consejeros de Defensa del País Vasco, Asturias y Santander la necesidad de estructurar un servicio de Defensa Contra Aeronaves único y coordinado que se ajustase al plan que acompañaba[34].

 

La justificación ofrecida respondía a los siguientes términos:

 

La necesidad de esta organización (…) se refleja claramente en el parte de aviación de hoy, donde se dice de las deficiencias de una falta de coordinación técnica. Por otra parte, la caza se resiente de esta dificultad según repetidamente tiene manifestado, pues va en contra de su eficacia y la pone en inferioridad de condiciones para la lucha[35].

 

A la luz de esta nueva información, resulta pertinente resaltar la importancia esencial de esta notificación. En primer lugar, atendiendo a lo meramente textual, resulta evidente que, al igual que había sucedido en Madrid, la protección antiaeronáutica de todo el territorio del norte había recaído fundamentalmente sobre la aviación de caza hasta el momento, lo cual viene a demostrar la afirmación realizada. Pero lo más importante es que este documento llevaba adjunta la descripción detallada del primer plan antiaéreo completo del que se tiene constancia en el Ejército republicano, un ordenamiento que no pasaría del plano teórico, pero que demuestra la importancia concedida desde bien temprano a la necesidad de fijar un orden claro y específico de actuación contra aeronaves.

 

La revolución orgánica iniciada por el Decreto del día 13 no acabaría, sin embargo, con la concentración de competencias antiaéreas por parte del Ministerio de Marina y Aire. Ese mismo día y en virtud de las mismas disposiciones, se daría a luz a la Jefatura de la defensa antiaérea, la cual pretendía comenzar a dotar de unidad a un servicio que había estado sumido en la más absoluta precariedad desde el estallido de la guerra. No obstante, su existencia sería efímera y apenas cuatro días después de que Guernica fuese poco menos que reducida a cenizas bajo las bombas alemanas, por Decreto del día 30 de abril, se oficializaría la creación de la Dirección de la Defensa Especial Contra Aeronaves, habitualmente aludida por su acrónimo DECA, integrada igualmente dentro de la Subsecretaría del Aire y bajo el mando directo del Jefe de las  Fuerzas del Aire[36].

 

Entre las competencias de la nueva Dirección se dispuso la “organización, inspección y centralización, bajo su mando, de toda la DECA”, dotándosela de autoridad suficiente como para elevar proyectos de distribución o creación de unidades al propio Ministro a través del Jefe de las Fuerzas Aéreas. A fin de posibilitar su funcionamiento, se fijó que este nuevo organismo debía de estar compuesto por una Secretaría Técnica; una sección de Contabilidad de Material; y departamentos de Administración de las Fuerzas, Obras, Personal, Escuela, Material, Red de Escucha, DECA Locales y de la Jefatura de Fuerzas.

 

De forma adicional, cabe reseñar la incorporación al despliegue defensivo de la figura del Inspector, designado por el propio Director de la Defensa Contra Aeronaves y adscrito a los Estados Mayores de los Ejércitos existentes. Su papel sería esencialmente el de asesorar y asistir a los mandos.

 

En lo que respecta al despliegue local del servicio, de forma un tanto inespecífica, se establece que “en los centros más importantes” será el Director de la DECA el encargado de designar un Jefe local, cuyas atribuciones se centrarán las labores propias del mando y la dirección “de todos los elementos activos y pasivos que constituyen la defensa local”.

 

Por otro lado, se devuelve la vigencia a los Comités locales y provinciales creados por Decreto el 8 de agosto de 1935, sometiendo su funcionamiento a las órdenes emanadas de la Dirección de la DECA y fijando que la presidencia de los mismos será desempeñada por el Jefe de la defensa antiaérea local o por el Alcalde o Gobernador en caso de que el poblamiento en cuestión careciese de presencia de la DECA.

 

Quedaba de esta forma articulada una primera estructura organizativa que aspiraba a servir de marco de un completo sistema de defensa antiaérea, controlado por un nuevo organismo, la DECA, que ya no desaparecería hasta el final de la contienda.

 

Esta ofrecía por fin un esquema de funcionamiento jerárquico y plenamente unificado que se extendía desde el propio Ministro de Marina y Aire, máximo responsable de la Subsecretaría del Aire en la que se integraba el recién creado entramado, hasta la configuración básica de un orden de disposición local. La consolidación de lo aquí expuesto en la práctica sería más problemático y requeriría de algunas otras alteraciones sustanciales en lo teórico.

 

Dos semanas después de formalizar el primer ordenamiento del sistema de defensa antiaérea, el 14 de mayo, se decidiría dotar de independencia definitiva a la Aviación, constituyéndola, así como Arma independiente y culminando con ello un proceso que se venía arrastrando desde 1931 y que devolvió a las Fuerzas Aéreas al lugar que por capacidad y utilidad les correspondía[37]. Resulta innegable que el contexto bélico impulsó y aceleró esta decisión, pero constituía un paso lógico e ineludible si se aspiraba a sacar el máximo rendimiento bélico de la moderna tecnología aeronáutica. De esta forma, siguiendo la estela de las disposiciones enunciadas y en una dirección plenamente consistente con una forma de entender la defensa contra la amenaza aérea que ya había sido expuesta en 1936, las fuerzas y servicios de la Defensa Especial contra Aeronaves serían integradas de forma absoluta en el nuevo Arma de Aviación, convirtiéndose así en uno de los ejes esenciales de la estructura aérea republicana.

 

Tras esta serie de Decretos quedaba legalmente articulada la DECA, el organismo con el que la República se había dotado para organizar y dirigir la defensa antiaérea nacional y que, aunque constantemente reformada, se mantendría operativa hasta 1939. La definición de este primer marco de actuación, sin embargo, había dejado numerosos cabos sueltos, los cuales serían foco de constante preocupación por parte de las autoridades. En primer lugar, cabría señalar la inexistencia de un diseño global y homogéneo que diese una forma coherente a la defensa civil del territorio, cuestión que había ocupado un lugar secundario en el proyecto defensivo antiaéreo hasta el momento y que trataría de ser enmendada a través de un nuevo Decreto promulgado el día 28 de junio, con el objetivo de «modificar» lo dispuesto en los Decretos de 1935 y 1936 “y unificar cuanto por diversas iniciativas se ha establecido con la misma finalidad”[38].

 

En segunda instancia, quedaba por resolver la forma en que debía de concretarse todo lo legislado, a fin de que el nuevo sistema pudiese reportar con la mayor celeridad posible los máximos beneficios en el frente.

 

A nivel práctico, lo cierto es que tan pronto como el Ministerio de Marina y Aire asumió el mando se apresuró a confeccionar las primeras instrucciones generales completas con las que las unidades en el Frente debían de contrarrestar la acción de las aeronaves adversarias[39]. De forma teórica, esta lucha debía de librarse por medio del empleo de: la aviación; la artillería antiaérea de pequeño y grueso calibre; el fuego de ametralladoras antiaéreas y convencionales; y el disparo de fusiles. No obstante, la artillería antiaérea de pequeño calibre no pasaba de considerarse un mero refuerzo y, sorprendentemente, a pesar de señalar a la aviación como como la primera y principal herramienta en contra de la actividad aérea enemiga y ser la Subsecretaría del Aire la responsable del esfuerzo antiaeronáutico, no se incluían indicaciones para solicitar la participación de las Fuerzas Aéreas por parte de la tropa ni si quiera en situaciones de combate. La escasez y las prioridades de las autoridades aéreas parecen ofrecer la respuesta. Durante 1937 la República apostaría por retener de forma férrea el control de los aparatos disponibles y emplearlos para lograr la superioridad aérea en los Frentes principales. Los repetidos fracasos en el Norte y batallas pírricas como la de Brunete costarían al Ejército Popular la destrucción de más de 200 aparatos, así como la imposibilidad de recuperar la posición preeminente de lo que habían podido disfrutar hasta el momento[40].

 

Por otro lado, conviene resaltar que en ningún momento la aviación fue integrada ni a nivel orgánico ni operativo dentro de los organismos de protección aérea. Más bien al contrario, tal y como demuestra el hecho de que, una vez constituida como Arma en el mes de mayo, fuera la aviación la que absorbiera los servicios de Defensa Contra Aeronaves. Esto garantizaba el control absoluto del sistema defensivo por este nuevo Arma, pero no necesariamente la integración plena de la aviación en las labores de protección, quedando esta adicionalmente determinada por otras lógicas también propias de su naturaleza como eran el reconocimiento y la ofensiva.

 

Por otro lado, en lo que se refiere a la estructuración interna del Servicio antiaeronáutico, sería necesario esperar nada menos que hasta el día 24 de septiembre, en plena ofensiva de Asturias[41], para encontrar la primera resolución orgánica definitiva de la DECA, una configuración interna que se mantendría reconocible a lo largo de toda su existencia y que, si bien respetó los mimbres contemplados en las disposiciones del mes de abril, introduciría cambios de crucial envergadura. De todos ellos, el más importante sería la configuración de la “Junta Facultativa de la DECA” en sustitución del Estado Mayor propio con el que inicialmente se preveía dotar a la Jefatura de Fuerzas[42], Sección rectora del Servicio por encima de la cual únicamente se situaba el Jefe o Director del mismo, un puesto oficialmente ocupado por el Coronel Enrique Jurado Barrio desde el día 23 de agosto[43].

 

Su composición interna, por el contrario, sí que respetaría tanto los cuatro Negociados como la Inspección dispuestos en el mandato inicial, concentrando atribuciones esenciales que comprendían labores tales como sustituir al Jefe de la DECA en su ausencia; disponer la organización táctica de las unidades; o mantener actualizada la relación del material disponible. En lo que respecta a la Inspección, esta presentaba entre sus cometidos la instrucción técnica del personal; el emplazamiento adecuado del material bajo su cargo; o el mantenimiento de las plantillas, además de su lógica función inspectora.

 

Tras la organización de la Jefatura de Fuerzas se daría paso a la estructuración de la Red de Escucha, encargada de las labores de observación y transmisión necesarias para anticipar los ataques enemigos y dar tiempo tanto a las unidades como a las poblaciones a preparar su respuesta. En cuanto a su composición, de los cuatro Negociados recogidos en el Decreto del 30 abril únicamente se mantendría el Centro Director de Radio, adquiriendo una estructura formal definitiva compuesta por un Jefe de la Red de Escucha; un Oficial del Centro Director; “tantos Oficiales como Centros de Observación existen (en la actualidad 15)”; dos Oficiales especialistas en telefonía y radiotelefonía; y un Oficial especialista en radiotelefonía[44].

 

No obstante, dada la importancia crucial de este elemento, sufriría varias modificaciones y ajustes a lo largo de su existencia.

 

En lo que concierne a la defensa de las poblaciones, sería la Sección DECA Pasivas la encargada de desempeñar la labor directora del Servicio a la que había quedado relegado después de que las Juntas de Defensa Pasiva Locales y Provinciales, instauradas definitivamente en todo el territorio republicano por Decreto de 28 de junio de 1937, quedasen definitivamente al cargo de la adopción e implementación de las distintas medidas necesarias para asegurar la protección civil contra ataques aéreos.

 

Precisamente por este motivo, ninguno de los negociados previsto en las disposiciones fundacionales de la DECA sería finalmente respetado.

 

Por último, solo queda mencionar la Sección Escuelas y la Sección de Reparaciones, originalmente designada bajo el nombre de “Sección de Material”. En este caso, mientras que la primera mantendría su composición intacta, la segunda perdería sus tres Negociados, quedando definida como una sección única, encargada entre otras cuestiones de dirigir, organizar e inspeccionar la reparación del material antiaéreo; controlar la fabricación del mismo; y organizar los talleres móviles que requieran las unidades.

 

Un movimiento impredecible. El nacimiento del Arma de la DCA

 

Nada más comenzar el año 1938, en plena batalla de Teruel y sin apenas margen para consolidar todo aquello que se acababa de crear, la defensa antiaérea volvería a ser situada en una fase de reestructuración profunda que se prolongaría hasta el mismo mes de diciembre, cuando prácticamente ya no quedaba esperanza y la guerra había sido perdida[45].

 

Así, el día cuatro de enero, se daría a luz a un Decreto por el cual “(…) los servicios constitutivos de la defensa antiaérea (…) que componen la actual Defensa Especial Contra Aeronaves (…), pasen a depender del Ejército de Tierra”[46]. Se derogaban así todas las disposiciones anteriores que ligaban al servicio al Arma de Aviación, transfiriendo su dependencia a la Subsecretaría del Ejército de Tierra, también integrada en el Ministerio de Defensa Nacional desde su aparición en mayo de 1937.

 

Este movimiento revelaba el abandono de la línea de actuación antiaérea seguida hasta el momento, cimentada sobre la acción combinada de los activos aéreos y el fuego artillero, y el inicio de un nuevo enfoque que, a partir de este momento, estará basado mayoritariamente en el poder antiaéreo del equipo disponible y en la acción coordinada con los distintos Ejércitos. El decaimiento general del armamento republicano, especialmente acusado en el caso de la aviación, así como sus propias limitaciones técnicas serían los principales motivos que justificarían este nuevo planteamiento, no pudiendo aventurarse una alteración voluntaria de la doctrina antiaérea, si es que se puede decir que esta existiera como tal en algún momento[47].

 

La revolución orgánica del Servicio antiaéreo, sin embargo, no culminaría hasta el 25 de abril, momento en el que, tras una nueva crisis gubernativa que daría paso al segundo gobierno del socialista Juan Negrín[48], se procedería a la redacción de un Decreto reservado “para agrupar orgánicamente a todos los elementos constitutivos de la Defensa Especial Contra Aeronaves y dar a esta el carácter de Arma (…) dentro del conjunto del Ejército”[49].

 

De esta forma, a partir del mes de abril de 1938, la defensa antiaeronáutica republicana pasó a ser configurada como un Arma independiente dentro del Ejército de Tierra, catapultando con ello la trascendencia otorgada a la protección antiaérea como disciplina militar y a la DECA como máximo organismo responsable de la misma. El movimiento resulta además especialmente significativo, pues no tendría parangón en ningún otro país ni siquiera durante la Segunda Guerra Mundial, configurándose así esta decisión como un hito sin precedentes y un acentuado punto de no retorno en la evolución de la estructura orgánica del Ejército republicano.

 

Finalmente, en lo que respecta a su estructura orgánica, se fijaba que la DCA contara con una Dirección General como organismo superior situada en Barcelona, capital de la República desde los meses finales de 1937. El Mando de la misma vendría a completarse con dos nuevas estructuras. En el Grupo de Ejércitos de la Región Oriental (GERO), la DCA contaría con una Delegación de la Dirección General que se regiría en su organización por las instrucciones dadas por aquella, mientras que en “la Zona leal no catalana” esta Delegación se encontraría situada en Madrid y sería el órgano al que estarían subordinadas todas las Agrupaciones DCA integradas dentro del Grupo de Ejércitos de la Región Central (GERC)[50].

 

En definitiva, el nuevo Armaadoptaría la siguiente configuración:

 

 

Ilustración 1. AHN, Diversos-Vicente_Rojo, Caja 7, Carpeta 11. Esquema de organización del Arma de la DCA. Elaboración propia.

 

Finalmente, entre los días 10 y 30 de diciembre de 1938 verían la luz los dos últimos mandatos relativos al orden antiaeronáutico republicano. El primero tendría forma de Decreto, y confirió su forma definitiva al sistema de defensa de la población civil. El segundo, por el contrario, sería una Orden Circular, la cual establecía las bases para el encuadramiento de los individuos que habían de integrar el Arma de la DCA[51].

 

No obstante, dado lo avanzado de la guerra ninguna de estas disposiciones pudo alcanzar la trascendencia pretendida. Se ponía fin así al diseño legislativo republicano concerniente a la defensa antiaeronáutica, un modelo tardío, elaborado de forma forzosa y acelerada al calor de una implacable guerra civil que nunca dio tregua y que impidió el verdadero desarrollo definitivo del marco aquí trazado.

 

Conclusiones

 

Que España no estaba preparada en 1936 para afrontar un reto como la Guerra Civil resulta hoy un hecho tan claro como que la progresiva transformación del conflicto en una despiadada guerra moderna obligaría a sus contendientes a adaptarse de forma acelerada a las tácticas e innovaciones tecnológicas que ya habían traumatizado al mundo en 1914. De todas ellas, sería la aviación la que más hondo impacto causaría, especialmente debido a los atroces experimentos en torno al bombardeo estratégico que serían ensayados sobre el territorio.

 

La internacionalización inmediata de la conflagración jugaría en esto un papel esencial, convirtiendo la implementación de un adecuado sistema de actuación contra aeronaves en una necesidad ineludible desde los primeros compases de la contienda, algo imposible de lograr dada la inexistencia de un marco orgánico adecuado y la acuciante insuficiencia de material y de personal especializado. No obstante, el orden antiaéreo republicano de preguerra no tardaría en ser reformado por Largo Caballero, quien colocaría la primera piedra de lo que acabaría por convertirse en un sistema parcialmente fallido e inconcluso.

 

Los múltiples defectos de este primer esfuerzo, en conjunción con una coyuntura completamente desfavorable, obligan sin embargo a ver el año 1937 como el verdadero punto de inflexión en el proceso de construcción de la estructura antiaeronáutica de la República, profundamente marcado por la creación de la DECA como organismo responsable de la totalidad del afán antiaéreo. 

 

La revolución estructural a nivel orgánico llegaría sin embargo en 1938, momento en el que tras una breve absorción por el Ejército de Tierra la DECA adquiriría su independencia como Arma, un hito que alteraría sustancialmente la estructura del Ejército Popular. El avance impasible de la contienda, así como los reveses permanentes sufridos por el bando gubernamental en el frente, impedirían el florecimiento de las nuevas Fuerzas, algo que no detendría a las autoridades republicanas en su intento por perfeccionar una obra de la que no llegarían a ver sus frutos. Con el inicio de la ocupación de Cataluña, el entramado antiaéreo republicano entraría en un progresivo declive que se volvería súbito después de que Barcelona cayese en manos del Ejército rebelde, dando comienzo así a una acelerada descomposición que finalizaría con el desplome definitivo del Ejército Popular en marzo de 1939.

 

Fuente: Revista Universitaria de Historia Militar Volumen 8, número 17, Año 2019



[1] El conteo realizado por Fernando PUELL DE LA VILLA: “Nuevos enfoques y aportaciones al estudio militar de la Guerra Civil”, Studia Histórica. Historia Contemporánea, 32 (2014), pp. 96-97, arrojaba un volumen superior a las 3.000 publicaciones solo en el periodo comprendido entre 2006-2014.

[2] La mejor y más completa revisión bibliográfica realizada hasta la fecha en: Ángel VIÑAS y Juan Andrés BLANCO (Dirs.): La guerra civil española: una visión bibliográfica, Madrid, Marcial Pons, 2017.

[3] Hasta el momento, no existe ningún estudio profesional que adopte el sistema de defensa antiaéreo republicano como objeto central de estudio. Solamente cabe señalar la monografía realizada por Antonio VERA DELEITO y Jorge VERA DE LEITO APARICI: Defensa antiaérea republicana (1936-1939): artillería y refugios (algo de valor), Valencia, Requena, 2000 como única referencia ante la que hay que extremar la cautela.

[4] El origen del concepto de la guerra total puede rastrearse hasta Ernst LUDENDORF: Der totale Krieg, Múnich, Ludendorff Verlag, 1935. Resultan pertinentes en este punto escritos como los de Gabriele RANE ZATO: “Guerra civil y guerra total en el siglo XX”, Ayer, 55 (2004), pp. 127-148; James W. CORTADA: La guerra moderna en España: informes del ejército de los Estados Unidos sobre la Guerra Civil, 1936-1939, Barcelona, RBA, 2014 o Rafael de MADARIAGA FERNÁNDEZ: “Hallazgos aeronáuticos en la guerra de España. La guerra civil española como campo de experimentación para la aviación de la Segunda Guerra Mundial”, en VV.AA.: De la Paz de París a Trafalgar (1763-1805). Las Bases de la Potencia Hispana: IX Jornadas de Historia Militar, Madrid, Ministerio de Defensa, 2004.

[5] Jesús María SALAS LARRAZÁBAL: La guerra de España desde el aire: Dos ejércitos y sus cazas frente a frente, Barcelona, Ariel, 1969; Íd.: Guerra aérea 1936-1939, 4 vols. Madrid, Servicio Histórico y Cultural del Ejército del Aire, 1998: Íd.: Guernica, Madrid, Rialps, 1987; José Luis INFIESTA PÉREZ: Bombardeos del litoral mediterráneo durante la guerra civil, 2 vols., Valladolid, Quirón, 1998; Josep María SOLÉ I SABATÉ y Joan VILLARROYA: España en llamas. La guerra civil desde el aire, Madrid, Temas de hoy, 2003.

[6] Francisco SANTAELLA PASCUAL: La artillería en la defensa de Cartagena y su base naval, Cartagena, Áglaya, 2001; Carlos de ARACIL: El País Valencià sota les bombes (1936-1939), Valencia, Publicacions de la Universitat de València, 2010; Ramón ARNABAT y David ÍÑIGUEZ: Atac i defensa en la rereguarda: els bombardeigs franquistes a les comarques de Tarragona i les Terres de l'Ebre (1937-1939), España, Ministerio de la presidencia del Gobierno de España, Grup de Recerca Consolidat ISOCAT y Cossetània Ediciones, 2013; Francisco FORNALS VILLALONGA: Menorca: defensas militares republicanas durante la Guerra Civil, 1936-1939, Menorca, Consorcio del Museo Militar de Menorca, 2015.

[7] Ver: John H. MORROW.: The Great War in the Air: Military Aviation from 1909 to 1921, Washington, D.C., Smithsonian Institution Press, 1993; Philip S. MEILINGER (Ed.): The Paths of Heaven, Alabama, Air University Press, 1997; Charles CHRISTIENNE y Pierre LISSARAGUE: A History of French Military Aviation, Washington DC, Smithsonian Institution Press, 1986; James CORUM: The Luftwaffe: Creating the Operational Air War, 1918-40, Kansas, University Press of Kansas, 1997; Edward B. WESTERMANN: Flak: German Anti-Aircraft Defenses, 1914-1945, Kansas, University Press of Kansas, 2001; Susan R. GRAYZEL: At Home and Under Fire: Air Raids and Culture in Britain from the Great War to the Blitz, Nueva York, Cambridge University Press, 2013; John FERRIS: “Fighter Defence Before Fighter Command: The Rise of Strategic Air Defence in Great Britain, 1917-1934”, The Journal of Military History, 63:4 (1999), pp. 845-884; Leon GOURÉ.: Civil Defense in the Soviet Union, USA, University of California Press,1962; y Claudia BALDOLI y Andrew KNAPP: Forgotten Blitzes: France and Italy under Allied Air Attack, 1940-1945, India, Continuum, 2012.

 

[8] Esto no significa que no hubiese determinados sectores dentro del Ejército que mostrasen una preocupación real al respecto. Para ello, ver la imprescindible tesis doctoral de Alberto GUERRERO MARTÍN: Análisis y trascendencia de la Colección Bibliográfica Militar (1928-1936). Tesis Doctoral, Madrid, UNED, 2015. De forma específica, cabe resaltar el libro del comandante de Artillería Vicente MONTOJO: Ejército moderno. Servicio de información, defensa antiaérea, guerra química, mecanización, combatiente, Madrid, Sucesores de Rivadeneyra, 1930, quien ya a comienzos de la década de 1930 puso de relieve la importancia de la actuación antiaeronáutica.

[9] La reforma militar azañista ha sido objeto de discusión habitual en la historiografía. Además de los volúmenes generales que analizan la II República en su conjunto, destacan los análisis específicos realizados por: Gabriel CARDONA: El poder militar en la España contemporánea hasta la guerra civil, Madrid, Siglo XXI, 1983; Mariano AGUILAR OLIVENCIA: El Ejército español durante la Segunda República, Madrid, Econorte, 1986 o Michael ALPERT: La reforma militar de Azaña (1931-1933), Granada, Comares, 2008.

[10] Diario Oficial del Ministerio del Ejército, 20 de enero de 1931. Acerca del “Plan Vickers” y el caso específico de Cartagena ver: Federico SANTAELLA PASCUAL: La artillería en la defensa de Cartagena y su base naval: desde los orígenes al Plan Vickers de 1926, Murcia, Áglaya, 2006. Al respecto de las dificultades económicas sufridas por la República en el terreno militar ver: Gabriel CARDONA: el poder militar… op.cit., pp. 166 y ss. Ver también el recuento y valoración del equipo antiaéreo realizado en 1934 por Emilio MOLA VIDAL: El pasado, Azaña y el porvenir: las tragedias de nuestras instituciones militares, Madrid, Bergua, 1934, recogido en Íd.: Obras completas, Valladolid, Santarén, 1940. Nos referimos a las pp. 1098-1099 y notas 1 y 1 de cada página respectivamente, en donde se especifican no solo los calibres de los cañones instalados en las Bases navales, sino que se hace notar la falta de inversión en material antiaéreo a pesar de la asignación de presupuesto para tales efectos.

[11] La Gaceta de Madrid, 26 de mayo de 1931, p. 942 y 17 de junio de 1931, pp. 1433-34; Diario Oficial del Ministerio de la Guerra, 25 de noviembre de 1931, p. 489; Gabriel CARDONA: el poder militar…op. cit., p.156; Ramón SALAS LARRAZÁBAL: Historia del Ejército Popular de la República, Madrid, Editora Nacional, 1973, pp. 14 y ss. y 46 y ss.; José Manuel MARTÍNEZ BANDE: Los años críticos: República, conspiración, revolución y alzamiento, Madrid, Ediciones Encuentro, 2007 pp. 383 y ss.

[12] Michael ALPERT: La reforma militar… op.cit., Madrid, Siglo XXI, 1982, pp. 320-321 y José María GILROBLES: No fue posible la paz, Barcelona, Ariel, 1968, pp. 255-259.

[13] La Gaceta de Madrid, 6 de abril de 1933, p. 155; Michael ALPERT: La reforma militar… op.cit., pp. 321-326.

[14] La Gaceta de Madrid, 10 de agosto de 1935.

[15] Ver obras como: Ludwig Fritz HABER.: The Poisonous Cloud: Chemical Warfare in the First World War, Nueva York, Oxford University press, 2002 o Michael FREEMANTLE: Gas! Gas! Quick, Boys!: How Chemistry Changed the First World War, UK, The History Press, 2014. En el caso español, cabe destacar los cursos y conferencias impartidos en la Academia de Infantería, Caballería e Intendencia de Toledo, los cuales acabarían culminando en 1934 con la creación de la Asociación Anti-Agresión Aérea, caracterizada por ser la primera entidad civil española constituida para organizar la defensa contra agresiones químicas de una provincia. Al respecto, ver: Mónica María SANTOS MARTÍN y María de los Ángeles SÁNCHEZ-BEATO ESPIAU: “La Asociación Anti-Agresión Aérea de Toledo AAAA (1934-1936)”, Archivo Secreto, 5(2011), pp. 84-99, citado en Alberto GUERRERO MARTÍN: op.cit., p. 225.

[16] Nos referimos en este punto a la estrategia de control del territorio y su población diseñada por los sublevados a partir de su fracaso en la toma de Madrid. Esta se articularía a través de la unificación de los servicios de información con la justicia militar y las delegaciones de orden público. Al respecto ver: Gutmaro GÓMEZ BRAVO.: Geografía humana de la represión franquista. Del Golpe a la Guerra de ocupación (1936-

1941), Madrid, Cátedra, 2017.

[17] Acerca del papel y estado de la Armada española al inicio de la contienda ver Michael ALPERT: La guerra civil española en el mar, Barcelona, Crítica, 2007, pp. 41 y ss. y la obra de Daniel SUEIRO.: La flota es roja: papel clave del radiotelegrafista Benjamín Balboa en julio de 1936, Guadalajara, Silente, 2009.

[18] Jesús María SALAS LARRAZÁBAL: Guerra Aérea… op.cit., Tomo 1, pp. 31 y ss. y Josep Maria SOLÉ I SABATÉ y Joan VILLARROYA: op.cit., pp. 25-27.

[19] Uno de los principales relatos acerca del bombardeo de Ochandiano en: Vicente TALÓN: Memoria de la guerra de Euzkadi de 1936, Vol. 1, Barcelona, Plaza y Janés, 1989, pp. 97-101.

[20] Josep María SOLÉ I SABATÉ y Joan VILLARROYA: op.cit., pp. 28-35. El episodio del Pilar ha sido tratado en más de una ocasión. Al respecto ver: Dimas VAQUERO PELÁEZ: “En la historia y en el recuerdo: bombardeos sobre la ciudad de Zaragoza durante la Guerra Civil española”, Rolde: Revista de cultura aragonesa, 114 (2005), pp. 20-22 y José Luis ALCOFAR NASSAES.: “Una nueva hipótesis sobre el bombardeo del templo del Pilar en Zaragoza”, Historia y Vida, 262 (1990), pp. 87-90.

[21] La mejor monografía escrita hasta el momento acerca del abandono internacional sufrido por la República es sin duda la de Ángel VIÑAS.: La soledad de la República: el abandono de las democracias y el viraje hacia la Unión Soviética, Barcelona, Crítica, 2006.

[22] Ibídem e Íd.: “Intervención y no intervención extranjeras”, en Edward MALEFAKIS (Dir.): La Guerra Civil española, Madrid, Taurus, 2006, pp. 221-229. Acerca de las Brigadas Internacionales ver: Manuel REQUENA (ed.): “Las Brigadas Internacionales”, Ayer, 56 (2004), pp. 11-196.

[23] Josep MASSOT I MUNTANER: La guerra civil a Mallorca, Abadía de Montserrat, 1976 e Íd: Els bombardeigs de Mallorca durant la guerra civil (1936-1938), Barcelona, Abadía de Motserrat, 1998.

[24] José Luis INFIESTA PÉREZ.: op.cit y Juan MARTÍNEZ LEAL: República y guerra civil en Cartagena (1931-1939), Cartagena, Universidad de Murcia, 1993.

[25] Gaceta de Madrid del día 25, p. 1967. Por “error material”, este escrito sería corregido y publicado de forma definitiva en la Gaceta de Madrid correspondiente al día 27 de septiembre, p. 2006.

[26] El Ministerio de Marina y Aire se creó oficialmente por decreto el día 4 de septiembre de 1936, separando con ello el control de la aviación del Ministerio de la Guerra, un movimiento intermedio que culminaría en el mes de mayo de 1937 con la constitución de la misma como Arma. El texto que dio forma a esta nueva institución ministerial en: Gaceta de Madrid, 5 de septiembre de 1936, pp. 1671-1672.

[27] Julio AROSTEGUI: Largo Caballero: el tesón y la quimera, Barcelona, Debate, 2013, pp. 498-501 y Helen GRAHAM.: El PSOE en la Guerra Civil: poder crisis y derrota (1936-1939), Barcelona, Debate, 2005, pp. 79 y ss.

[28] Helen GRAHAM: La república española en guerra (1936-1939), Barcelona, Debate, 2006, pp. 105; Julio ARÓSTEGUI: “Guerra, poder y revolución. La República española y el impacto de la sublevación”, Ayer, 50 (2003) pp. 85-114 e Íd: “Los componentes sociales y políticos”, en Manuel TUÑÓN DE LARA et al.: La guerra civil española. 50 años después, Barcelona, Labor, 1989, pp. 45-122.

[29] El caso mejor conocido es sin duda el de Barcelona. Ver: Judit PUJADÓ I PUIGDOMÈNECH: Contra l'oblit: els refugis antiaeris poble a poble, Barcelona, Publicaciones de la Abadía de Montserrat, 2006 y Santiago ALBERTÍ y Elisenda ALBERTÍ: ¡Perill de bombardeig!: Barcelona sota les bombes (1936-1939), Barcelona, Albertí Ediciones, 2006.

[30] Gaceta de la República, 14 de marzo de 1937, p. 1197.

[31] Acerca de la defensa de Madrid ver, por ejemplo, Julio ARÓSTEGUI: “La defensa de Madrid y el comienzo de la guerra larga”, en MALEFAKIS, E. (Dir.): op.cit., pp. 119-142.

[32] Vicente ROJO.: Así fue la defensa de Madrid (Aportación a la Historia de la Guerra de España, 1936-1939), Madrid, Imprenta de la Comunidad de Madrid, 1987, pp. 41 y 131-132 y Ramón SALAS LARRAZÁBAL: Historia del Ejército… op. cit., pp. 606- 609.

[33] Archivo General Militar de Ávila (AGMAV), C. 232, 2,6.

[34] Una síntesis acerca del estado político y militar del Norte tras la sublevación hasta mayo de en: Helen, GRAHAM: La república española… op.cit., pp. 263 y ss.

[35] Centro Documental de la Memoria Histórica (CDMH), PS-GIJÓN-I, C. 83, Exp. 23. Documento dado en Bilbao el 5 de enero de 1937 y firmado por Francisco Ciutat, jefe de Estado Mayor Central del Ejército del Norte.

[36] Gaceta de la República, 3 de mayo de 1937, p. 537.

[37] Gaceta de la República, 16 de mayo de 1937, pp. 719-720 y Diario Oficial del Ministerio de la Guerra, 18 de mayo de 1937, pp. 383-384. Su actuación en las campañas de Marruecos le valdría a la aviación española la independencia en 1926. No tardaría demasiado en perderla, sin embargo, a consecuencia de la sublevación del aeródromo de Cuatro Vientos en 1930. Durante la II República, tanto Azaña como el Ministro Ricardo

Samper en 1934 tratarían de devolver a las Fuerzas Aéreas a su anterior posición, aunque la culminación de este proceso no llegaría hasta el estallido de la Guerra Civil. Para un seguimiento esquemático de la evolución de la aviación española a través de la legislación hasta 1939 ver: José Ramón MARTELES LÓPEZ.: “Hitos normativos de la aviación militar española”, en VV.AA.: De la Paz de París a Trafalgar (1763-1805). Las Bases de la Potencia Hispana: IX Jornadas de Historia Militar, Madrid, Ministerio de Defensa, 2004, pp. 66-71.  Gaceta de la República, 29 de junio de 1937, pp. 1407-1408 y Diario Oficial del Ministerio de Defensa Nacional, 30 de junio de 1937, p. 769.

[38] Gaceta de la República, 29 de junio de 1937, pp. 1407-1408 y Diario Oficial del Ministerio de Defensa Nacional, 30 de junio de 1937, p. 769.

[39] AGMAV, C. 577, 1,3. Los borradores encontrados parecen apuntar al día 20 de abril como fecha en la que el contenido de estas instrucciones habría alcanzado su forma definitiva. No obstante, la ausencia de una fecha precisa en el documento final hace imposible precisar el momento exacto de su edición.

[40] Ramón SALAS LARRAZÁBAL: “Las fuerzas militares”, en Edward MALEFAKIS, (Dir.): op.cit., pp. 209-210; Gabriel CARDONA: Historia militar de una guerra civil, Barcelona, Flor de Viento, 2006, pp. 210-212. Un análisis pormenorizado del desarrollo aéreo de la guerra durante 1937 en Jesús SALAS LARRAZÁBAL: Guerra Aérea 1936-1939… op.cit., Tomos 2 y 3. 41 La evolución del frente norte se puede seguir en: José Manuel MARTÍNEZ BANDE: La guerra en el norte (hasta el 31 de marzo de 1937), Madrid, San Martín, 1969; Íd.: Vizcaya, Madrid, San Martín, 1971 y Fernando PUELL DE LA VILLA y Justo HUERTA (eds.): Atlas de la Guerra Civil española, Madrid, Síntesis,2007.

[41] La evolución del frente norte se puede seguir en: José Manuel MARTÍNEZ BANDE: La guerra en el norte (hasta el 31 de marzo de 1937), Madrid, San Martín, 1969; Íd.: Vizcaya, Madrid, San Martín, 1971 y Fernan[41]do PUELL DE LA VILLA y Justo HUERTA (eds.): Atlas de la Guerra Civil española, Madrid, Síntesis,

2007.

[42] AGMAV, C. 315, 2,4. El documento está compuesto por un total de doce páginas, pero está incompleto, faltándole al menos otra hoja inicial de acuerdo con la paginación original. Es muy probable que en ella se llevase a cabo una definición completa de las facultades atribuidas al propio Jefe de la DECA, así como una descripción de la composición de la citada Junta Facultativa y sus cometidos. No obstante, de acuerdo con

el Decreto del 30 de abril y la producción posterior del organismo, resulta evidente que la Jefatura se encargaba de cumplir un papel director y organizador del servicio, encargándose también de la validación y emisión de las órdenes y directivas.

[43] Comenzaría su carrera a la temprana edad de 17 años, siendo admitido en el Ejército en 1899. Sus primeras batallas las libraría en África destinado al Grupo de Montaña en Larache, alcanzando el grado de Capitán. En 1922 sería destinado al Parque de Artillería N° 1 de Madrid, pasando así formar parte del Arma de Artillería en donde sería promovido a Comandante. Tras participar en la sublevación del aeródromo Cuatro Vientos en 1930 quedaría en estado de disponible forzoso en la 1ª Región Militar, siendo nombrado en 1931 jefe del primer Grupo del Regimiento de Artillería a Caballo de Carabanchel y degradado al grado de Comandante. En el momento en que se produjo el golpe de Estado, Jurado se encontraba en Madrid y contribuyó a sofocar la insurrección en el Cuartel del Regimiento de Artillería Ligera de Getafe. A partir de ese momento, su presencia en los campos de batalla se hizo habitual, comandando el IV y XVIII Cuerpos de Ejército en las batallas de Guadalajara y Brunete respectivamente. Su ascenso al frente de la DECA en Diario Oficial del Ministerio de Defensa Nacional, 24 de agosto de 1937, p. 453. El relato biográfico más completo y extenso corresponde a María Teresa SUERO ROCA.: Militares republicanos de la Guerra de España, Barcelona, Península, 1981, pp. 337 y ss.

[44] AGMAV, C. 315, 2,4, p. 6.

[45] Las dificultades a la hora de poner en marcha tanto el nuevo Arma de Aviación como el Servicio de Defensa Contra Aeronaves fueron acuciantes durante todo el año 1937. El hecho de que no se fijasen las disposiciones que debían de regir la composición y el reclutamiento del Cuerpo de Intendencia de la Aviación, responsable de la gestión económica entre otras cuestiones, hasta el mes de noviembre resulta especialmente significativo. La resolución sería dada el día 11 de noviembre, aunque no aparecería en el Diario Oficial del Ministerio de Defensa Nacional hasta el día 16 (pp.273-274). Al respecto de la Batalla de Teruel, esta ha sido recientemente revisada por David ALEGRE LORENZ: La batalla de Teruel: Guerra total en España, Madrid, La esfera de los libros, 2018.

[46] Gaceta de la República, 6 de enero de 1938, p. 70.

[47] Para una valoración sucinta del estado del armamento republicano a lo largo de la guerra ver: Michael ALPERT: El Ejército popular de la República, 1936-1939, Barcelona, Crítica, 2007, pp. 266 y ss. Para un análisis más específico siguen siendo fundamentales las obras de Gerald HOWSON: Arms for Spain: The Untold Story of the Spanish Civil War, Londres, John Murray, 1998; Íd: Aircraft of the Spanish Civil War, 1936-1939, Londres, Putnam, 1990 y Daniel KOWALSKY: La Unión Soviética y la guerra civil española: una revisión crítica, Barcelona, Crítica, 2004.

[48] Enrique MORADIELLOS.: Negrín: Una biografía de la figura más difamada de la España del siglo XX, Barcelona, Península, 2015, pp. 325-348; Helen GRAHAM: La república española… op.cit., pp. 384-390 e Íd.: El PSOE en la Guerra Civil… op. cit., pp. 174 y ss.

[49] AGMAV, C.315, 1,5. El documento que se cita corresponde a la transcripción parcial del decreto que acompañó a la comunicación por parte del Delegado de la Dirección General de la DCA. de Madrid, con fecha de 1 junio de 1938, de la recepción del mismo. El original se hizo llegar a la Dirección General de la DCA el día 7 de mayo procedente del Estado Mayor Central, aunque no parece conservarse. El subrayado fue añadido al original con posterioridad a su elaboración. Por otra parte, todo parece indicar que la independencia real del Arma fue obtenida el día 4 de abril. Un informe valorativo de la trayectoria, estado y necesidades del organismo firmado por el propio Enrique Jurado a fecha de 29 de mayo de 1938 así lo indica. Este puede encontrarse en: Archivo Histórico Nacional (AHN), Diversos-Vicente_Rojo, Caja 24, Carpeta 5.

[50] El GERC y el GERO serían creados como respuesta organizativa a la fractura del territorio leal que había supuesto la llegada de las tropas franquistas al área de Vinaroz tras el desplome del frente de Aragón entre los meses de febrero y marzo de 1938. Ver: Michael ALPERT: El Ejército popular… op.cit., pp. 300-301.

[51] Gaceta de la República, 10 de diciembre de 1938 y Diario oficial del Ministerio de Defensa Nacional, 30 de diciembre de 1938, p. 1150. La orden como tal está fechada el día 28, pero no se dio a conocer hasta la publicación del Diario dos días después.